Resolución 13. RESOL-2018-13-APN-SIN#MPYT

Fecha de disposición25 Octubre 2018
Fecha de publicación25 Octubre 2018
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

SECRETARÍA DE INDUSTRIA

Resolución 13/2018

RESOL-2018-13-APN-SIN#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-44199458- -APN-DGD#MP, la Ley N° 26.938, los Decreto Nros. 434 de fecha 1 de marzo de 2016 y 304 de fecha 13 de abril de 2018, la Resolución N° 50 de fecha 7 de junio de 2018 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.938 regula la producción y circulación en la vía pública de vehículos automotores fabricados artesanalmente o en bajas series para uso particular, definidos en el inciso x), Artículo 5° de la Ley N° 24.449.

Que el Artículo 5° de la Ley N° 26.938 establece que la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, mantendrá un registro de fabricantes de automotores producidos artesanalmente o en bajas series para uso particular, agregando que dicha inscripción será condición necesaria para que estos fabricantes sean autorizados a suscribir los certificados de fabricación correspondientes.

Que, asimismo, determina que la inscripción al citado registro deberá estar acompañada por la nominación de un representante técnico del fabricante que deberá tener título de ingeniero mecánico o industrial, con incumbencia certificada por el Consejo Profesional y antecedentes en la industria automotriz o autopartista, y en el aseguramiento de la calidad en la producción automotriz.

Que en relación a los certificados mencionados precedentemente, la Ley N° 26.938 prevé en su Artículo 6° que los fabricantes...

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