Resolución 129/2020

Fecha de publicación10 Junio 2020
SecciónResoluciones
EmisorAUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO


Ciudad de Buenos Aires, 09/06/2020

VISTO el EX-2020-36872168- -APN-SG#ACUMAR, la Ley Nº 26.168, la Ley de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 2.217, la Ley de la Provincia de Buenos Aires Nº 13.642, el DECNU-2020-260-APN-PTE, el DCTO-2020-297-APN-PTE, el DCTO-2020-298-APN-PTE, la RESOL-2017-402-APN-ACUMAR#MAD, la RESOL-2019-12-APN-ACUMAR#SGP, la RESOL-2019-130-APN-ACUMAR#MI, la RESOL-2020-60-APN-ACUMAR#MOP y la RESOL-2020-71-APN-ACUMAR#MOP, y sus normas modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que conforme la emergencia pública en materia sanitaria declarada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a través del DECNU-2020-260-APN-PTE, se dictó el DECNU-2020-297-APN-PTE, por el que se estableció, con el fin de proteger la salud pública, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, prorrogado mediante el DECNU-2020-325-APN-PTE, el DECNU-2020-355-APN-PTE, el DECNU-2020-408-APN-PTE, el DECNU-2020-459-APN-PTE, el DECNU-2020-493-APN-PTE y el DECNU-2020-520-APN-PTE, el hasta el día 28 de junio del corriente, inclusive.

Que en ese contexto, se dictó el DECNU-2020-298-APN-PTE mediante el que se estableció la suspensión del curso de los plazos, dentro de los procedimientos administrativos regulados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, por el Reglamento de Procedimientos Administrativos - Decreto 1759/72 - T.O. 2017 y por otros procedimientos especiales, por el mismo período que el Decreto antes mencionado, el que a su vez fue prorrogado mediante el DCTO-2020-327-APN-PTE, el DCTO-2020-372-APN-PTE, el DCTO-2020-410-APN-PTE, el DCTO-2020-458-APN-PTE, el DCTO-2020-494-APN-PTE y el DCTO-2020-521-APN-PTE hasta el día 28 de junio del corriente, inclusive.

Que ACUMAR, como ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo, creado por la Ley Nº 26.168, a la que adhirieron las Legislaturas de los Gobiernos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires, por las Leyes N° 2.217 y N° 13.642, respectivamente, dictó en el ámbito de sus competencias, otorgadas por el artículo 2º in fine de su ley de creación, la RESOL-2020-60-APN-ACUMAR#MOP, a través de la que adhirió a los términos del decreto DECNU-2020-298-APN-PTE antes referido, a fin de resguardar la tutela de los derechos y garantías de los interesados, en el marco de la situación producida por la pandemia de coronavirus (COVID-19).

Que entre los procedimientos especiales cuyos plazos se han suspendido, se encuentran el...

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