Resolución 1270/2021

Fecha de publicación27 Enero 2022
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 24/09/2021

VISTO el EX-2020-33154528- -APN-ATMP#MPYT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nros. 24.013, 14.250 (t.o. 2004), 20.744 (t.o. 1976), y sus modificatorias y,

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE MAR DEL PLATA - ZONA ATLANTICA y la firma unipersonal DIB RAUL IGNACIO celebran un acuerdo directo, el cual obra en el RE-2021-64104306-APN-DGD#MT del EX-2021-64104366- -APN-DGD#MT, en tramitación conjunta con el principal.

Que en el referido acuerdo las partes convienen suspensiones de personal previendo el pago de una prestación no remunerativa, en los términos del Artículo 223 bis de la Ley N° 20.744, conforme surge del texto pactado.

Que en las páginas 1/2 del IF-2020-44434694-APN-ATMP#MPYT del EX-2020-44433791- -APN-ATMP#MPYT, en tramitación conjunta con el principal, las partes convienen la prórroga del texto convencional mencionado, para el mes de junio de 2020, conforme los términos allí establecidos.

Que en las páginas 1/2 de la RE-2021-42415129-APN-DGD#MT del EX-2021-42415179- -APN-DGD#MT, en tramitación conjunta con el principal, las partes convienen la prórroga del texto convencional mencionado, para el mes de julio de 2020, conforme los términos allí establecidos.

Que en las páginas 1/2 del IF-2020-71851086-APN-ATMP#MT del EX-2020-71849963- -APN-ATMP#MT, en tramitación conjunta con el principal, las partes convienen la prórroga del texto convencional mencionado, para los meses de agosto y septiembre de 2020, conforme los términos allí establecidos.

Que en las páginas 1/3 del IF-2021-00578542-APN-ATMP#MT del EX-2021-00578143- -APN-ATMP#MT, en tramitación conjunta con el principal, las partes convienen la prórroga del texto convencional mencionado, para los meses de octubre y noviembre de 2020, conforme los términos allí establecidos.

Que en las páginas 1/2 del IF-2021-05895794-APN-ATMP#MT del EX-2021-05895648- -APN-ATMP#MT, en tramitación conjunta con el principal, las partes convienen la prórroga del texto convencional mencionado, para el mes de diciembre de 2020, conforme los términos allí establecidos.

Que en las páginas 1/2 del IF-2021-14976923-APN-ATMP#MT del EX-2021-14976806- -APN-ATMP#MT, en tramitación conjunta con el principal, las partes convienen la prórroga del texto convencional mencionado, para los meses de enero y febrero de 2021, conforme los términos allí establecidos.

Que los textos de marras han sido ratificados por la empleadora en los EX-2021-54570333- -APN-DGD#MT y EX-2021-65526016- -APN-DGD#MT y por la entidad sindical en los EX-2021-42934437- -APN-DGD#MT y EX-2021-64114540- -APN-DGD#MT, todos ellos vinculados en tramitación conjunta con el principal, donde solicitan su homologación.

Que, a través del Decreto N° 297/20 se estableció una medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en todo el país, que fuera sucesivamente prorrogada.

Que, posteriormente, se han ido diferenciando las distintas áreas geográficas del país, en el marco de la emergencia sanitaria originada por la COVID 19, entre aquellas que pasaron a una etapa de “distanciamiento social, preventivo y...

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