Resolucion 127

Fecha de disposición08 Julio 2008
Fecha de publicación08 Julio 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31442

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Resolución Nº 127/2008

Bs. As., 21/4/2008

VISTO el Expediente Nº 1284/2008 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Decisiones Administrativas Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y Nº 1 del 12 de enero de 2000, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el VISTO tramita la asignación del Suplemento Extraordinario a la agente Da. Jessica Jimena IRRUTIA perteneciente a la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de esta Jurisdicción.

Que por la Decisión Administrativa Nº 477/98, se estableció la integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, los que estarán integrados con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se detallan en la planilla anexa al artículo 8º de la Decisión Administrativa Nº 1/2000, sustitutiva de la planilla similar anexa al Artículo 1º de la medida citada en primer término en el Visto.

Que por el Artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 477/98 se estableció que el excedente de Unidades Retributivas asignadas y no utilizadas al fijar la retribución de los Asesores de Gabinete, podrá ser empleado a fin de designar personal, otorgándosele Unidades Retributivas o acordar, de la misma forma, el 'Suplemento de Gabinete' o el 'Suplemento Extraordinario'.

Que según surge a fs. 1 del Expediente citado en el VISTO y a fin de compensar la iniciativa y méritos en el desempeño de las funciones asignadas a la agente Da. Jessica Jimena IRRUTIA quien se desempeña en carácter de personal contratado en el marco del Decreto Nº 1421/02, equiparada al Nivel C - Grado 4 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (Decreto Nº 993/ 91 t.o. 1995), de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de esta Jurisdicción, procede otorgar el 'Suplemento Extraordinario', con la asignación mensual de las Unidades Retributivas indicadas en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente medida.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO perteneciente a la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta a tenor de lo establecido en el Artículo 5º del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002, lo dispuesto en el Artículo 3º inciso c) de la Decisión Administrativa Nº 477/98 y de acuerdo con lo normado por el Artículo 10 del Anexo de la Ley Marco de...

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