Resolución 126/2018

Fecha de publicación21 Agosto 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO
Ciudad de Buenos Aires, 09/11/2018

VISTO el EX-2018–49325683-APN–DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que bajo el Ex -2018 – 49.325.683- APN – DGDMT #MPYT, luce el Acuerdo y escalas salariales, celebrado en fecha 21/09/2018 entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDyC) por el sector sindical, y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO (AFA) por el sector empleador, los cuales obran a fojas 3/9 en el IF – 49499779- APN – DGDMT # MPYT; ratificados en fecha 18/10/18, cuyas actas lucen a foja 1 del IF – 2018- 52507330 – APN –DNRYRT #MPYT y a foja 1 del IF – 2018 -52513461- APN- DNRYRT # MPYT, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho Acuerdo las partes pactan incrementos salariales a partir del mes de septiembre de 2018, para los trabajadores comprendidos de los Convenios Colectivos de Trabajo N° 553/09, N°436/06 y N° 1070/09 “E”, conforme a los términos y condiciones allí pactados.

Que asimismo, corresponde señalar que la vigencia de las contribuciones solidarias referidas en la cláusula tercera, se extiende como máximo hasta la fecha de vigencia del acuerdo que, por la presente se homologa, según lo establecido en la cláusula cuarta.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad del sector sindical firmante, emergente de sus personerías gremiales.

Que así también se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan ante esta Cartera de Estado y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que se encuentra constituida la respectiva Comisión Negociadora, conforme a lo previsto en la Ley N° 23.546.

Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de esta SECRETARIA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo, se procederá a girar a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la...

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