Resolución 125.

Fecha de disposición11 Marzo 2016
Fecha de publicación11 Marzo 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 125/2016

Bs. As., 03/03/2016

VISTO, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, el Procedimiento interno de esta ARN G-Clase II y III-02 Revisión 4 "Gestión de Permisos Individuales para Personal de Instalaciones Radiactivas Clase II", el trámite de solicitud de permiso individual para Calibración de Equipos, del señor Matías Ezequiel VALLEJOS, lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, lo recomendado por el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9 inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16 inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que el señor Matías Ezequiel VALLEJOS ha solicitado a esta ARN el Permiso Individual para el uso de radioisótopos con el propósito en Calibración de Equipos.

Que conforme lo informado por la titular de la Subgerencia Gestión Económica Financiera de esta ARN, el solicitante adeuda a la fecha la suma de PESOS MIL CINCUENTA ($ 1.050.-), en concepto de Tasa Regulatoria.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de una Tasa Regulatoria.

Que el otorgamiento de un permiso individual a un usuario de material radiactivo que no da cumplimiento al requisito exigido por el Artículo 26 citado ut supra, conlleva una excepción a lo dispuesto en la normativa vigente, que esta ARN debe fundar en razones de oportunidad, mérito y/o conveniencia en cada caso en particular.

Que la CNEA solicitó que con carácter de excepción se autorice la prosecución del trámite para el otorgamiento de un Permiso Individual para Calibración de Equipos, solicitado por el señor Matías Ezequiel VALLEJOS.

Que en su reunión del día 1° de diciembre del 2015 (Acta N° 39) el Directorio de esta ARN prestó su acuerdo para la prosecución del presente trámite.

Que el señor Matías...

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