Resolución 1232-E.

Fecha de disposición22 Septiembre 2017
Fecha de publicación22 Septiembre 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 1232-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 21/09/2017

VISTO los Expedientes N° Ex-2017-17598317-APN-DMED#MC del Registro del MINISTERIO DE CULTURA y N° 9413/2016 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias establece que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES estará gobernado y administrado por: a) El Presidente y el Vicepresidente; b) la Asamblea Federal; y c) el Consejo Asesor.

Que el artículo referido en el considerando precedente establece que la ASAMBLEA FEDERAL estará presidida por el Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES e integrada por los señores Secretarios o Subsecretarios de Cultura de los Poderes Ejecutivos Provinciales y los del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que por el mencionado artículo establece que el CONSEJO ASESOR del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, ente público no estatal en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, estará integrado por ONCE (11) miembros designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, de los cuales CINCO (5) serán propuestos por la ASAMBLEA FEDERAL de dicho Instituto, debiendo ser personalidades relevantes de la cultura, UNO (1) por cada región cultural y los SEIS (6) miembros restantes serán designados a propuesta de las entidades representantes del quehacer cinematográfico.

Que asimismo, dicho artículo, dispone que las entidades propondrán UN (1) actor con antecedentes cinematográficos, DOS (2) directores cinematográficos, DOS (2) productores, uno de los cuales deberá ser productor de series, miniseries, telefilmes o películas destinadas a la exhibición televisiva o por medio de videocassettes y UN (1) técnico de la industria cinematográfica.

Que en caso de existir en un mismo sector más de una entidad con personería jurídica o gremial la propuesta del candidato al CONSEJO ASESOR será resuelta en forma conjunta quedando vacante el lugar respectivo, hasta tanto no se produzca el acuerdo entre ellas.

Que el mandato de los miembros...

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