Resolución 123/2020

Fecha de publicación26 Marzo 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO


Ciudad de Buenos Aires, 25/03/2020

VISTO el Expediente N° EX-2019-12581098-APN-DGD#MPYT, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, la Ley N° 24.425, el Decreto N° 1.393 de fecha 2 de septiembre de 2008, la Resolución N° 238 de fecha 3 de junio de 2014 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 238 de fecha 3 de junio de 2014 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS se procedió al cierre de la investigación que se llevara a cabo para las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de perfiles de polímeros de cloruro de vinilo, de los tipos utilizados en la fabricación de aberturas o cerramientos, originarias de la REPÚBLICA POPULAR CHINA y de la REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 3916.20.00.

Que en virtud de la resolución mencionada en el considerando anterior, se fijó para las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA originarias de la REPÚBLICA POPULAR CHINA y de la REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA, un derecho específico equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES CERO COMA OCHENTA Y OCHO POR KILOGRAMO (U$S 0,88/Kg.), excluyéndose de la medida a la firma productora/exportadora alemana ALUPLAST GMBH, por el término de CINCO (5) años.

Que mediante el expediente citado en el Visto, la firma TECNOPERFILES S.A. solicitó el inicio de examen por expiración de plazo de la medida antidumping dispuesta por la Resolución N° 238/14 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, para las operaciones de exportación del producto objeto de examen respecto del origen REPÚBLICA POPULAR CHINA.

Que mediante la Resolución N° 355 de fecha 24 de mayo de 2019 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO se declaró procedente la apertura de examen por expiración de plazo de la medida dispuesta mediante la Resolución N° 238/14 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS para las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de perfiles de polímeros de cloruro de vinilo, de los tipos utilizados en la fabricación de aberturas o cerramientos, originarias de la REPÚBLICA POPULAR CHINA, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 3916.20.00, manteniéndose vigente la medida antidumping fijada mediante la Resolución N° 238/14 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, hasta tanto concluya el procedimiento de revisión iniciado.

Que, con posterioridad a la apertura de examen, se invitó a las partes interesadas a realizar sus correspondientes ofrecimientos de prueba.

Que con fecha 13 de enero de 2020, la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO elaboró el Informe de Determinación Final del Examen por Expiración de Plazo, concluyendo que a partir del procesamiento y análisis efectuado de los datos obtenidos a lo largo del procedimiento surge una diferencia entre los precios FOB promedio de exportación y los Valores Normales considerados.

Que, en el mismo contexto, la mencionada Subsecretaría agregó que en cuanto a la posibilidad de recurrencia del dumping, el análisis de los elementos de prueba relevados en el expediente permitiría concluir que existiría la probabilidad de que ello suceda en caso que la medida fuera levantada.

Que del Informe mencionado se desprende que el margen de recurrencia del dumping determinado para las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA del producto objeto de examen originarias de la REPÚBLICA...

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