Resolución 1223/2020

Fecha de publicación30 Octubre 2020
SecciónResoluciones
EmisorENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES


Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2020

VISTO el EX-2020-45770374-APN-SD#ENACOM del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio, N° 287 del 17 de marzo de 2020, N° 297 del 19 de marzo de 2020, N° 325 del 31 de marzo de 2020, N° 355 del 11 de abril de 2020, N° 408 del 26 de abril de 2020, N° 459 del 10 de mayo de 2020, N° 493 del 24 de mayo de 2020, N° 520 del 7 de junio de 2020, N° 576 del 29 de junio de 2020, N° 605 del 18 de julio de 2020, N° 641 del 2 de agosto de 2020, N° 677 del 16 de agosto de 2020, N° 714 del 30 de agosto de 2020, N° 754 del 20 de septiembre de 2020, N° 792 del 11 de octubre de 2020 y Nº 814 del 25 de octubre de 2020; los Decretos N° 298 del 19 de marzo de 2020 y sus complementarios y modificatorios y N° 815 del 25 de octubre de 2020; la Decisión Administrativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 371 del 12 de marzo de 2020; la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 3 del 13 de marzo de 2020; las Resoluciones del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N° 300 del 16 de marzo de 2020, N° 326 del 2 de abril de 2020, N° 359 del 14 de abril de 2020, N° 442 del 6 de mayo de 2020, N° 461 del 21 de mayo de 2010, N° 771 del 22 de julio de 2020 y N° 906 del 13 de agosto de 2020; el IF-2020-70556178-APN-SD#ENACOM; el IF-2020-71832983-APN-SD#ENACOM, el IF-2020-72337721-APN-SD#ENACOM y

CONSIDERANDO:

Que por el DNU N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante el DNU N° 260/2020 se amplió, por el plazo de UN (1) año, la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada el pasado 11 de marzo del corriente año, por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el COVID-19.

Que por la Decisión Administrativa N° 371/2020 se instruyó el otorgamiento de una licencia excepcional a todas aquellas personas que hayan ingresado al país habiendo permanecido en los países de los continentes asiático y europeo o en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Que en ese contexto, la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dictó la Resolución N° 3/2020, a través de la cual estableció los mecanismos para el otorgamiento de las licencias y el trabajo remoto de los trabajadores alcanzados por la Decisión Administrativa N° 371/20.

Que por su parte, mediante la...

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