Resolución 12-E. Dase por prorrogado el estado de emergencia y\/o desastre agropecuario en la Provincia de Córdoba.

EmisorMINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Fecha de la disposición14 de Febrero de 2017

Resolución 12-E/2017

Dase por prorrogado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de Córdoba.

Ciudad de Buenos Aires, 10/02/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-01164894--APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley N° 26.509 y su Decreto Reglamentario N° 1.712 del 10 de noviembre de 2009, el Acta de la Reunión de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 26 de enero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de CÓRDOBA presentó el Decreto Provincial Nº 1.913 del 29 de diciembre de 2016, en la reunión del 26 de enero de 2017 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509.

Que el citado Decreto Provincial Nº 1.913/16 prorrogó hasta el 31 de marzo de 2017 la declaración en estado de emergencia agropecuaria dispuesta por los Decretos Nros. 30 del 28 de enero de 2016, 317 del 8 de abril 2016 y Nº 707 del 10 de junio de 2016 para los productores agrícolas, ganaderos, tamberos y apícolas, según corresponda, afectados por el fenómeno de anegamiento de suelos por lluvias extraordinarias, durante el ciclo productivo 2015/2016; que se encuentren en las zonas afectadas, determinadas de acuerdo al criterio de cuenca hídrica, conforme el sistema de información territorial cartográfica georreferenciada.

Que luego de analizar la situación ocurrida, la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS recomendó la prórroga del estado de emergencia y/o desastre agropecuario, hasta el 31 de marzo de 2017, según corresponda, para las explotaciones agrícolas, ganaderas, tamberas y apícolas, perjudicadas por el fenómeno de anegamiento de suelos por lluvias extraordinarias, durante el ciclo productivo 2015/2016 que desarrollan su actividad en la zona afectada, delimitando el área dañada, según la aplicación del criterio de cuenca hídrica, conforme el Sistema de Información Territorial cartográfica digital georreferenciada provincial, a las siguientes cuencas hidrográficas: Río Carnero y Salsipuedes; Río Jesús María y Río Pinto; Río Totoral y Arroyo Macha; Corral de Bustos y Arroyo del Pescadero; Río de los Tártagos y Río Seco y Sistema Río Dulce, que fuera declarado por la Resolución Nº RESOL-2016-353-E-APN-MA del 3 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

Que asimismo la citada Comisión recomendó la prórroga del...

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