Resolución 12-E.

Fecha de disposición07 Abril 2017
Fecha de publicación07 Abril 2017
SecciónResoluciones

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Resolución 12-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 31/03/2017

VISTO la Actuación SIGEA N° 17682-154-2016 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO, se presentan, el Apoderado de Despachante de Aduana Pablo VARGAS DURÁN, CUIT N° 20-18256573-4, en representación de la firma Importadora/Exportadora COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A. C.U.I.T. N° 30-50054484-4 solicitando la autorización para la importación por ante la División Aduana JUJUY de mercaderías correspondientes a la Posiciones Arancelarias 8421.21.00, 8421.23.00 y 8421.31.00, bajo el Régimen de "Aduanas Especializadas" establecido por Resolución General N° 1924 y modificatorias invocando la ventaja "ADUESPEXCVEN".

Que la firma solicitante, fundamenta su petición en que las mercaderías indicadas, serán utilizadas únicamente por el importador para efectuar servicios de mantenimiento en sus equipos mineros.

Que el peticionante se encuentra en un proceso de renovación y actualización de su capacidad minera, por lo que resulta necesario asegurar la provisión de los insumos requeridos para el mantenimiento de sus equipos.

Que la mercadería objeto de la excepción que se procura, forma parte de un conjunto de mercaderías que ingresaran por la Aduana JUJUY para ser utilizadas en la mina emplazada en la localidad de Humahuaca y en la planta industrial cita en la Ciudad de Palpalá, ingresando por vía terrestre a través del Paso de Jama, Provincia de JUJUY.

Que la División Aduana JUJUY, establece que, cuenta con los recursos humanos calificados y necesarios para la verificación de la mercadería.

Que lo actuado por la División Aduana JUJUY, cuenta con la conformidad de la Dirección Regional Aduanera NOROESTE.

Que ha tomado la debida intervención la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, en los términos de la Instrucción General Conjunta N° 01/2006 (SDG OAI) y N° 01/2006 (SDG TLA), propiciando la citada excepción.

Que el presente acto administrativo se dicta en uso de las facultades establecidas en...

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