Resolución 12.

Fecha de disposición01 Junio 2016
Fecha de publicación01 Junio 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 12/2016

Mendoza, 30/05/2016

VISTO el Expediente N° S93:0004882/2016 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Ley General de Vinos N° 14.878, la Resolución N° C.71 de fecha 24 de enero de 1992, los datos estadísticos obtenidos durante el Control Cosecha y Elaboración 2016, referidos al tenor azucarino de las uvas elaboradas en las Provincias de MENDOZA y SAN JUAN, la Resolución N° C.17 de fecha 5 de junio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto se tramita la fijación del grado alcohólico de los vinos Cosecha 2016, unificados con remanentes de elaboraciones anteriores y su respectiva liberación.

Que en el marco de la legislación vigente, compete a este Instituto, el control técnico de la producción, la industria y el comercio vitivinícola, por lo cual se encuentra facultado para establecer los límites normales de la composición de los vinos.

Que el Punto 1° Inciso 1.1, Apartado a) de la Resolución N° C.71 de fecha 24 de enero de 1992, establece que el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) determinará el grado alcohólico mínimo para el expendio de los productos allí definidos, en cumplimiento de la obligación impuesta por la Ley General de Vinos N° 14.878.

Que la determinación del grado alcohólico real de las cosechas anuales para los vinos que se han de comercializar en el mercado interno, es una norma técnica que se utiliza como parámetro para ordenar y coadyuvar las tareas de fiscalización.

Que resulta insoslayable para esta Autoridad de Aplicación, analizar todas y cada una de las variables y antecedentes de carácter técnico sobre el desarrollo de la vendimia, su influencia en la unificación con los remanentes provenientes de cosechas anteriores y todo otro elemento de valoración que enriquezca la información, para el dictado de un acto administrativo que se ajuste a la realidad.

Que para la determinación del grado alcohólico se evaluaron distintas alternativas, teniendo en cuenta el control de la materia prima ingresada a los distintos establecimientos elaboradores y el control final elaboración con toma de existencias de vinos nuevos, viejos y degustación de los mismos.

Que con el sistema de fiscalización de la presente vendimia y la unificación de los vinos Cosecha 2015 y anteriores, alcanzó un grado alcohólico para la Provincia de MENDOZA de ONCE COMA OCHENTA POR CIENTO...

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