Resolucion 1162

Fecha de publicación03 Diciembre 2007
Fecha de disposición03 Diciembre 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31294

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1162/2007

Registro Nº 1309/07

Bs. As., 4/10/2007

VISTO el Expediente Nº 154.777/07 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/2, 3/4 y 27 del Expediente Nº 154.777/07, obran el acuerdo y Actas Complementarias, celebrados entre el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA SANTA FE, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA ROSARIO, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA RAFAELA, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA CAÑADA DE GOMEZ, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA RUFINO, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA VENADO TUERTO, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA MERCEDES FILIAL LAS ROSAS, y la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, por el sector gremial y la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE, por el sector empresarial, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el mentado acuerdo es concertado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 235/97 'E'.

Que mediante el presente texto convencional, los agentes negociadores acuerdan un incremento salarial, conforme los términos y condiciones estipulados.

Que asimismo, los agentes negociadores ratifican el contenido y firmas insertas en el acuerdo traído a estudio, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos y el sector empresarial por ante esta Cartera de Estado.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de proceder al cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Decláranse homologados el acuerdo y Actas Complementarias, celebrados entre el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA SANTA FE, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA ROSARIO, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA RAFAELA, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA CAÑADA DE GOMEZ, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA RUFINO, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA VENADO TUERTO, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA MERCEDES FILIAL LAS ROSAS, la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA (F.A.T.L.Y.F.), y la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE, que lucen a fojas 1/2, 3/4 y 27 del Expediente Nº 154.777/07, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivos, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo y Actas Complementarias obrantes a fojas 1/2, 3/4 y 41 Expediente Nº 154.777/07.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, para la notificación a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de elaborar el pertinente proyecto...

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