Resolución 1162/2019
Fecha de publicación | 06 Noviembre 2019 |
Sección | Convenciones Colectivas de Trabajo |
Emisor | MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO |
Ciudad de Buenos Aires, 13/08/2019
VISTO el Expediente Nº 7927/15 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976), y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1/2 del Expediente Nº 7927/15, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MENDOZA, por la parte sindical y EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD MENDOZA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, ratificado a fojas 80, por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de EmpresaN°1325/13 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004)
Que a través del referido acuerdo las partes pactan un incremento salarial a partir del 1ro. de enero del 2015.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con el alcance de representación de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 ( t.o. 2004)
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo de referencia, por intermedio de la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo se procederá a evaluar la procedencia del efectuar el el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO 2019-35-APN-PTE
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MENDOZA, por la parte sindical y EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD MENDOZA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba