Resolución 1144/2022

Fecha de publicación07 Septiembre 2022
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 06/06/2022

VISTO el EX-2022-53214724- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en el RE-2022-53214439-APN-DGD#MT del EX-2022-53214724- -APN-DGD#MT, obra el acuerdo celebrado entre la UNIÓN CORTADORES DE LA INDUMENTARIA, por la parte sindical, y la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES, por la parte empleadora, cuya homologación las partes solicitan conforme lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho acuerdo las partes pactan el pago por única vez de una gratificación extraordinaria, aplicable a los trabajadores alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo N° 614/10, como así la actualización del valor de los rubros convencionales Viáticos y Refrigerio, de acuerdo a la vigencia y detalles allí previstos.

Que en relación con el carácter atribuido por las partes a la gratificación pactada, corresponde hacer saber a las partes lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que el ámbito de aplicación se circunscribe estrictamente a la correspondencia entre el objeto de la representación empleadora firmante, y los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la entidad sindical signataria, emergentes de su Personería Gremial.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos y por ante esta Cartera de Estado.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO -2019-75-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declarase...

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