Resolución 1132/2022

Fecha de publicación23 Junio 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SALUD


Ciudad de Buenos Aires, 07/06/2022

VISTO el EX-2022-26845739-APN-DNCSSYRS#MS y la Resolución General Nº 5154 del 17 de febrero de 2022 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que mediante el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, se amplió por el plazo de UN (1) año la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el virus SARS-CoV-2 (COVID-19).

Que dicha medida ha sido prorrogada por el Decreto N° 167 del 11 de marzo de 2021, hasta el 31 de diciembre de 2021 y, posteriormente, por el Decreto N° 867 del 23 de diciembre de 2021, hasta el 31 de diciembre de 2022.

Que en el contexto de emergencia, los prestadores médico-asistenciales públicos y privados de internación, de diagnóstico y tratamiento, las instituciones de salud mental, así como los establecimientos geriátricos y de rehabilitación prestadores del Sistema Nacional del Seguro de Salud y del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP) y los agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud, incluido el citado Instituto, cumplen un rol preponderante y resultan componentes esenciales del sistema para afrontar la pandemia.

Que conforme la Resolución General Nº 5154 del 17 de febrero de 2022 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, el estado de emergencia sanitaria y la evolución propia de la respuesta sectorial a la pandemia de COVID-19, requieren la implementación de políticas de sostenimiento económico.

Que, en ese sentido, este MINISTERIO DE SALUD manifestó a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) la necesidad de adoptar medidas transitorias de protección y alivio fiscal a los contribuyentes pertenecientes al sector de la salud, que permitan garantizar el normal desempeño y funcionamiento de los establecimientos, instituciones y demás prestadores que lo conforman.

Que en virtud de lo solicitado por la mencionada Resolución General Nº 5154/2022, se ha resuelto suspender hasta el 31 de diciembre de 2022, la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares, para los contribuyentes pertenecientes al sector de la salud, conforme al detalle del artículo 1° incisos a), b), c) y e).

Que por el artículo 2° de la norma citada previamente se establece que los contribuyentes alcanzados por ésta serán caracterizados en el “Sistema Registral” con un código...

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