Resolución 1123/2021

Fecha de publicación25 Agosto 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE CULTURA


Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-17630858- APN-DGD#MC, la Resoluciones N° 210 de fecha 5 de marzo de 2021, N°476 de fecha 22 de abril de 2021, N° 599 de fecha 18 de mayo de 2021 y N° 853 de fecha 13 de julio de 2021 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN en cumplimiento de sus funciones y a los fines de morigerar la situación de vulnerabilidad social de los artistas, trabajadores y trabajadoras de la cultura que se vieron afectados gravemente como consecuencia de las medidas de distanciamiento social, preventivo y obligatorio adoptadas en virtud de pandemia del virus COVID-19 aprobó, bajo la Resolución M.C. Nº 210/21 (RESOL-2021-210-APN-MC), la CONVOCATORIA al APOYO EXTRAORDINARIO CULTURA SOLIDARIA para el otorgamiento de un subsidio no reembolsable para personas humanas del ámbito de la cultura.

Que como parte de dicha medida, se aprobó el Reglamento que como ANEXO I (IF-2021-17639676-APN-UGA#MC) forma parte integrante de la precitada Resolución.

Que a los efectos de llevar a cabo el control de los requisitos y restricciones y efectuar los consecuentes pagos del subsidio “APOYO EXTRAORDINARIO CULTURA SOLIDARIA”, el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN y la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) suscribieron un Convenio Específico de Colaboración, registrado bajo Nº CONVE-2021-28603538-APN-MC.

Que el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN y la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) realizaron los relevamientos correspondientes a fin de cumplimentar lo indicado en los Artículos 3° y 4° del Reglamento de la Convocatoria al “APOYO EXTRAORDINARIO CULTURA SOLIDARIA” registrado como IF-2021-17639676-APN-UGA#MC.

Que por Resolución M.C. Nº 476/21 (RESOL-2021-476-APN-MC) se aprobó la Nómina de Beneficiarios al APOYO EXTRAORDINARIO CULTURA SOLIDARIA.

Que atento la permanencia de la situación epidemiológica motivada en la Pandemia del COVID-19, se dispuso mediante Resolución M.C. N° 853/21 (RESOL-2021-853-APN-MC) la ampliación del subsidio a un tercer pago.

Que si bien la situación epidemiológica mencionada ha mejorado como consecuencia del avance en el plan de vacunación nacional que el Estado Argentino está llevando a cabo, aún persisten medidas y disposiciones de distanciamiento social, preventivo y obligatorio ante la aparición de nuevas variante del virus Sars Cov 2 que impactan en las actividades del sector cultural, por lo que resulta necesario contener...

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