Resolución 112/2022

Fecha de publicación01 Junio 2022
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO


Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2022

VISTO el Expediente EX-2021-71055067-APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 902 de fecha 12 de junio de 2012, 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013 y 2.670 de fecha 1° de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la desafectación y transferencia de un inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL al FONDO FIDUCIARIO PÚBLICO denominado PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR (PRO.CRE.AR.), creado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 902 de fecha 12 de junio de 2012, cuyo objeto es facilitar el acceso a la vivienda propia de la población y la generación de empleo como políticas de desarrollo económico y social.

Que por Nota NO-2021-69991347-APN-SDT#MDTYH de fecha 3 de agosto de 2021, el Secretario de Desarrollo Territorial de la Nación dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, miembro titular alterno de la Presidencia del Comité Ejecutivo del FONDO FICUARIO PÚBLICO denominado PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR (PRO.CRE.AR.), solicitó ante esta AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en el marco de lo establecido por el Decreto N° 902/12, afectar un inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la calle Tirasso N° 2131, de la Localidad de BUENA NUEVA, Departamento GUAYMALLÉN, Provincia de MENDOZA, a fin de llevar adelante un Desarrollo Urbanístico en el marco del mencionado programa de crédito.

Que la DIRECCIÓN DE SANEAMIENTO CATASTRAL Y DOMINIAL de esta Agencia, mediante Informe IF-2021-100794898-APN-DSCYD#AABE, indicó que el inmueble involucrado se encuentra en jurisdicción del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA y se identifica catastralmente como: Departamento Guaymallén (04); Distrito 06; Sección 01; Manzana 38; Parcela 01, correspondiéndole el CIE 5000000495/2 y que cuenta con una superficie total aproximada de NOVENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRA-DOS CON OCHENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (96.244,87 m2), conforme surge del plano identificado como PLANO-2021-91377573-APN-DSCYD#AABE.

Que la DIRECCIÓN DE DESPLIEGUE TERRITORIAL de esta Agencia ha constatado el estado de uso y ocupación del inmueble mediante Informe identificado como IF-2021-101240960-APN-DDT#AABE.

Que en ese sentido, en atención a lo dispuesto por el artículo 39 del Reglamento Anexo al Decreto Nº 2.670/15, mediante Nota NO-2021-117400129-APN-AABE#JGM de fecha 2 de diciembre de 2021, se puso en conocimiento del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA la presente tramitación a efectos de que tome la intervención de su competencia, en tanto se prevé desafectar el inmueble objeto de la presente de esa jurisdicción y...

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