Resolución 112/2017
Fecha de publicación | 15 Agosto 2019 |
Sección | Convenciones Colectivas de Trabajo |
Emisor | SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES |
Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2017
VISTO el Expediente Nº 1.753.770/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/6 y 7/15 del Expediente N° 1.756.523/17, que corre agregado como fojas 87 del principal, obra un Acta Acuerdo y sus Planillas Salariales celebradas entre la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO), por el sector sindical, y la CAJA DE AHORRO Y SEGURO S.A., por el sector empresario, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el mentado acuerdo, celebrado en el marco del CCT N° 18/75, las partes pactaron, con un plazo de vigencia desde el 01/01/2017 al 31/12/2017, nuevas condiciones salariales conforme los detalles del texto convencional acordado.
Que las partes conjuntamente han ratificado el contenido y firmas insertas en el Acta Acuerdo y Planillas Salariales mencionadas, solicitando a esta Autoridad de aplicación la homologación de los citados instrumentos.
Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la estricta correspondencia entre la actividad desarrollada por el sector empleador firmante, y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que se ha acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).
Que se ha emitido el correspondiente dictamen de conformidad con lo normado por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991).
Que correspondería que una vez homologadas las planillas mencionadas, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones.
Que por lo expuesto, se estima corresponde dictar el acto administrativo homologatorio de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárese homologada el Acta Acuerdo y sus Planillas Salariales suscriptas entre la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO), por el sector sindical, y la CAJA DE AHORRO...
VISTO el Expediente Nº 1.753.770/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/6 y 7/15 del Expediente N° 1.756.523/17, que corre agregado como fojas 87 del principal, obra un Acta Acuerdo y sus Planillas Salariales celebradas entre la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO), por el sector sindical, y la CAJA DE AHORRO Y SEGURO S.A., por el sector empresario, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el mentado acuerdo, celebrado en el marco del CCT N° 18/75, las partes pactaron, con un plazo de vigencia desde el 01/01/2017 al 31/12/2017, nuevas condiciones salariales conforme los detalles del texto convencional acordado.
Que las partes conjuntamente han ratificado el contenido y firmas insertas en el Acta Acuerdo y Planillas Salariales mencionadas, solicitando a esta Autoridad de aplicación la homologación de los citados instrumentos.
Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la estricta correspondencia entre la actividad desarrollada por el sector empleador firmante, y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que se ha acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).
Que se ha emitido el correspondiente dictamen de conformidad con lo normado por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991).
Que correspondería que una vez homologadas las planillas mencionadas, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones.
Que por lo expuesto, se estima corresponde dictar el acto administrativo homologatorio de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárese homologada el Acta Acuerdo y sus Planillas Salariales suscriptas entre la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO), por el sector sindical, y la CAJA DE AHORRO...
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