Resolución 1112/2019

Fecha de publicación29 Octubre 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 25/10/2019

Visto el Expediente N° EX-2019-76821111-APN-DGD#MPYT, la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, 801 de fecha 5 de septiembre de 2019 y la Decisión Administrativa N° 289 de fecha de fecha 15 de abril de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que en el Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, se establece, entre otros aspectos, que serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas Jurisdicciones, los Ministros y los Secretarios de la Presidencia de la Nación.

Que a través del Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018, se aprobó la estructura y el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que por la Decisión Administrativa N° 289 de fecha 15 de abril de 2019 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, con excepción de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo y de la ex Secretaría de Gobierno de Agroindustria.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO se considera imprescindible la cobertura transitoria de UN (1) cargo vacante Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo homologado por Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de Director de Asuntos Legales de Comercio y Minería.

Que el cargo aludido se encuentra vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente.

Que la persona propuesta reviste en la planta permanente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, en un Nivel B, Grado 4, Agrupamiento Profesional, Tramo General.

Que la medida propuesta no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia de acuerdo a lo establecido...

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