Resolución 11. RESOL-2018-11-APN-INV#MPYT

Fecha de disposición28 Diciembre 2018
Fecha de publicación28 Diciembre 2018
SecciónResoluciones

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

Resolución 11/2018

RESOL-2018-11-APN-INV#MPYT

2a. Sección, Mendoza, 26/12/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-61577117-APN-DD#INV, la Ley General de Vinos Nº 14.878, la Ley Nº 5.184 de la Provincia de MENDOZA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto, el CONSEJO PROFESIONAL DE GRADUADOS EN ENOLOGÍA de la Provincia de MENDOZA, por intermedio de su representante, se presentó y solicitó la implementación de los mecanismos pertinentes que permitan dar cumplimiento al Artículo 6º de la Ley Nº 5.184, correspondiente a la precitada provincia.

Que en lo que respecta al aspecto formal de la presentación, es de aplicación el principio de informalismo a favor del administrado previsto en el Artículo 1° apartado c) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y la teoría de la calificación jurídica, por la cual los actos tienen la denominación que corresponde a su naturaleza y no la que le atribuye la parte, conforme con lo dispuesto por el Artículo 81 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1759/72 T.O. 2017, en virtud de lo cual la Administración debe encuadrar cada impugnación conforme a la normativa correspondiente (PTN Dictámenes 187:104; 211:470).

Que atento lo expuesto, procede otorgarle a la presentación del mencionado Consejo Profesional, el trámite y los efectos previstos en los Artículos 30, 31 y 32 de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo Nº 19.549. En casos similares la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, ha sostenido que "El trámite del reclamo administrativo previo regulado por el artículo 30 de la Ley Nº 19.549, modificado por el artículo 12 de la Ley Nº 25.344, no se encuentra sujeto a la observancia de requisitos formales más que aquel que se refiere a que el reclamo versará sobre los mismos hechos y derechos que se invocarán en el eventual demanda judicial" (PTN Dictámenes 244:287).

Que encuadrada...

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