Resolución 11/2021

Fecha de publicación26 Julio 2021
SecciónResoluciones
EmisorOFICINA ANTICORRUPCIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-48968828-APN-OA#PTE, la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública N° 25.188; el Decreto Nº 54 del 21 de diciembre de 2019, el Decreto 650 del 18 de septiembre de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que la OFICINA ANTICORRUPCIÓN fue creada por Ley Nº 25.233 con el objeto de elaborar y coordinar programas de lucha contra la corrupción en el sector público nacional.

Que el citado organismo tiene como fin el diseño y la implementación de políticas, programas, normas y acciones de prevención y transparencia, la promoción de la ética pública, y la asistencia técnica a los organismos que comprenden a la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada y descentralizada, empresas, sociedades y todo otro ente público o privado con participación del Estado o que tenga como principal fuente de recursos el aporte estatal.

Que a partir del dictado del Decreto Nº 54/2019 la OFICINA ANTICORRUPCIÓN adquirió el carácter de organismo desconcentrado de la Presidencia de la Nación, a la vez que se decidió fortalecer las políticas preventivas contra la corrupción, dándole un mayor impulso a las estrategias de transversalización de la transparencia en todas las áreas del ESTADO NACIONAL, y en el sector empresarial, como así también a la dimensión federal de las políticas de integridad en todo el territorio argentino.

Que la OFICINA ANTICORRUPCIÓN tiene el rol de velar por la prevención e investigación de aquellas conductas comprendidas en la CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN, aprobada por la Ley Nº 24.759, y mantiene actualmente un rol estratégico en el cumplimiento de los objetivos prioritarios de gobierno, específicamente en lo referido a la incorporación de la perspectiva de integridad.

Que entre las disposiciones de la CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN, el Artículo III, inciso 3 prevé que los Estados Partes convienen en considerar la aplicabilidad de medidas destinadas a crear, mantener y fortalecer, entre otras, “Instrucciones al personal de las entidades públicas, que aseguren la adecuada comprensión de sus responsabilidades y las normas éticas que rigen sus actividades”.

Que en el mes de junio de 2020 la REPÚBLICA ARGENTINA ha sido formalmente aceptada como adherente a la RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO DE LA OCDE SOBRE INTEGRIDAD PÚBLICA que reconoce “que la integridad resulta crucial para la gobernanza pública, salvaguardando el interés general y reforzando valores fundamentales como el compromiso con...

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