Resolución 11/2021

Fecha de publicación20 Enero 2021
SecciónResoluciones
EmisorSINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 18/01/2021

VISTO la Ley N° 24.156, los Decretos N° 1.344 del 4 de octubre de 2007, N° 7 del 10 de diciembre de 2019 y N° 50 del 19 de diciembre de 2019, el Expediente N° EX-2021-02795281-APN-SIGEN, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 7/2019 se sustituyó el artículo 9° de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.550), determinando las Secretarías dependientes de la Presidencia de la Nación y creando la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS, a fin de asistir al PRESIDENTE DE LA NACIÓN en la definición de prioridades estratégicas que se plasmen en proyectos con financiamiento internacional para contar con herramientas al servicio del desarrollo productivo, social y de la economía del conocimiento, así como entender en la participación en organismos internacionales.

Que a través del decreto citado en el párrafo anterior se estableció idéntica dependencia para la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, la que tendrá por finalidad asistir al PRESIDENTE DE LA NACIÓN en todo lo concerniente a la relación institucional con los medios de comunicación y con la ciudadanía, entre otras cuestiones.

Que mediante el dictado del Decreto N° 50/2019 se estableció una nueva conformación de los niveles políticos, basada en criterios de racionalidad y eficiencia dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes definiendo en lo que respecta a las Secretarías en cuestión, su integración con la creación de Subsecretarias que les dependen.

Que el artículo 100 de la Ley N° 24.156 establece la conformación del Sistema de Control Interno asignándole a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN las facultades normativas, de supervisión y coordinación, y en razón de ello –al reglamentarse la Ley citada mediante el Decreto N° 1.344/2007- se delegó la facultad de asignar las funciones de auditoría interna, en todas aquellas entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que por su importancia relativa no justifiquen la existencia de una Unidad de Auditoría Interna, a otra Unidad de Auditoría Interna constituida dentro de la jurisdicción respectiva, la cual deberá confeccionar el correspondiente planeamiento anual de trabajo.

Que en dicho marco, mediante el Expediente citado en el VISTO, la Gerencia de Control Sector Institucional informó –a través de la PV-2021-02896203-APN-GCSI#SIGEN- que encontrándose...

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