Resolución 109/2020

Fecha de publicación12 Mayo 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE


Ciudad de Buenos Aires, 08/05/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-14052426-APN-DGD#MTR, la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92 y modificatorios), los Decretos Nº 2034 de fecha 4 de diciembre de 2013, N° 945 de fecha 17 noviembre de 2017, N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y N° 335 de fecha 4 de abril de 2020, la Decisión Administrativa N° 148 de fecha 18 de febrero de 2020, las Resoluciones N° 727 de fecha 29 de julio de 2014 y N° 2691 de fecha 20 de noviembre de 2015 ambas del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, N° 23 de fecha 20 de enero de 2017, N° 334 de fecha 19 de abril de 2018 y N° 253 de fecha 2 de mayo de 2019 todas del MINISTERIO DE TRANSPORTE; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 2034 de fecha 4 de diciembre de 2013 se aprobó el Modelo de “Acuerdo de Otorgamiento de Línea de Crédito Condicional AR-X1018”, destinado a financiar a través del “Programa de Recuperación de Ferrocarriles Metropolitanos”, operaciones individuales de préstamo dirigidas a cooperar con la REPÚBLICA ARGENTINA en la recuperación de la red de ferrocarriles de pasajeros de la Región Metropolitana de Buenos Aires.

Que, asimismo, mediante el citado Decreto Nº 2034/2013 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº 2982/OC-AR destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución - La Plata” suscripto en fecha 13 de diciembre de 2013 entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que el Proyecto tiene por objeto la renovación y electrificación del servicio ferroviario de pasajeros del Ramal Plaza Constitución - La Plata del Ferrocarril General Roca y, específicamente, contribuir a la reducción de tiempos de viajes y niveles de accidentalidad y la mejora de la confiabilidad y confort del servicio, a efectos de incrementar la participación modal de este ramal ferroviario en el transporte de pasajeros del corredor Buenos Aires - La Plata.

Que por el Decreto N° 945 de fecha 17 de noviembre de 2017 se estableció que “Las funciones de coordinación y ejecución técnica de los programas y proyectos con financiamiento externo multilateral, bilateral o regional y/o proyectos de participación público-privada, actualmente desarrolladas por las unidades ejecutoras técnicas o por las áreas técnicas de unidades ejecutoras de programas, serán llevadas a cabo por las Secretarías y Subsecretarías o áreas equivalentes de carácter sustantivo de las Jurisdicciones y Entidades comprendidas por el artículo 8° inciso a) de la Ley Nº 24.156 con responsabilidad primaria en la materia de que se trate”.

Que por el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520.

Que a través del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 se aprobó el nuevo Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.

Que por el Decreto N° 335 de fecha 5 de abril de 2020, entre otras medidas, se sustituyó del Anexo II – Objetivos – aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50/19, el Apartado XII, correspondiente al MINISTERIO DE TRANSPORTE de conformidad al detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2020-20507251-APN-DNDO#JGM).

Que, en ese marco, entre las competencias asignadas a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del...

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