Resolución 1088/2019

Fecha de publicación26 Agosto 2019
SecciónResoluciones
EmisorSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Ciudad de Buenos Aires, 23/08/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-75526000-APN-SG#SSS del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD; las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661; los Decretos N° 576; del 1º de abril de 1993; Nº 1516 del 23 de diciembre de 1996 y Nº 2710 del 28 de diciembre de 2012 y las Resoluciones Nº 201 del 9 de abril de 2002 y Nº 1200 del 21 de septiembre de 2012, ambas del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1615/96 se dispuso la creación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE SALUD y ACCIÓN SOCIAL, con personalidad jurídica y con un régimen de autarquía administrativa, económica y financiera, en calidad de ente de supervisión, fiscalización y control de los agentes que integran el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.

Que mediante el Decreto N° 2710/12 se aprobó la estructura organizativa de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, cuyo Anexo II define entre sus objetivos implementar, reglamentar y administrar los recursos provenientes del Fondo Solidario de Redistribución, dirigiendo todo su accionar al fortalecimiento cabal de la atención de la salud de los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud.

Que mediante la Resolución Nº 201/02 del ex Ministerio de Salud de la Nación se aprobó el Programa Médico Obligatorio integrado por un Conjunto de Prestaciones Básicas esenciales que los Agentes del Seguro de Salud comprendidos en el artículo 1º de la Ley Nº 23.660, deberán garantizar a sus beneficiarios.

Que entre dichas Prestaciones Básicas se incluyen con carácter obligatorio los Programas de Prevención Primaria y Secundaria.

Que la implementación de Programas de Prevención y Promoción para los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud es un objetivo permanente y estratégico de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que la promoción de la salud abarca una amplia gama de acciones sanitarias destinadas a beneficiar y proteger la salud y la calidad de vida de las personas mediante la prevención de las causas primordiales de los problemas de salud, brindando así, herramientas que no se centran únicamente en el tratamiento y la curación.

Que en ese sentido, la Gerencia de Gestión Estratégica tomó la intervención de su competencia dando cuenta de la necesidad de promover y fomentar en el ámbito del Sistema Nacional del Seguro de Salud los Programas de...

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