Resolución 1088/2015

Fecha de disposición02 Julio 2015
Fecha de publicación03 Julio 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33164



MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Resolución 1088/2015Bs. As., 02/07/2015

VISTO el Expediente N° S02:0067449/2015 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Reordenamiento Ferroviario N° 26.352 y sus modificatorias dispuso la creación de la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), con sujeción al régimen establecido por la Ley N° 20.705, las disposiciones pertinentes de la Ley N° 19.550 y sus modificatorias que le fueran aplicables y a las normas de su Estatuto.

Que dicha sociedad tiene a su cargo la prestación de los servicios de transporte ferroviario de pasajeros, en todas sus formas, que le sean asignados, incluyendo el mantenimiento del material rodante, el mantenimiento de la infraestructura ferroviaria que utilice para la operación del servicio ferroviario a su cargo y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, estas dos últimas funciones en caso de que le sean asignadas por la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE) de acuerdo a los términos del artículo 7° de la Ley N° 26.352 y sus modificatorias.

Que mediante la Resolución N° 1125 de fecha 25 de septiembre de 2014 de este Ministerio se autorizó a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) a prestar servicios especiales de transporte ferroviario de pasajeros en la Línea BELGRANO NORTE, en los términos del artículo 7° de la Ley N° 26.352, debiéndose adoptar las medidas administrativas pertinentes a tales efectos y procediendo, de ser necesario, a la adquisición de material rodante para la operación de tales servicios, de conformidad con la normativa vigente.

Que en dicho marco, se incorporó nuevo material rodante para la prestación de servicios especiales en la Línea BELGRANO NORTE.

Que en tal contexto, la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) ha propuesto el cuadro tarifario para los servicios especiales en el tramo RETIRO (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) - PANAMERICANA “KM. 47” (Provincia de Buenos Aires), de la línea BELGRANO NORTE, que incluye paradas intermedias.

Que las nuevas tarifas propuestas resultan acordes a la prestación de los servicios especiales y se hallan en concordancia con las de otros servicios ferroviarios prestados por la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), siguiendo el principio de brindar una tarifa social al alcance de todos los sectores sociales.

Que en...

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