Resolución 1077/2020

Fecha de publicación10 Agosto 2020
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA


Ciudad de Buenos Aires, 03/08/2020

VISTO la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520, modificada por la Ley N° 27.126 y por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 214 de fecha 4 de marzo de 2020, la Ley Nº 24.632, la Ley Nº 26.485, la Ley Nº 26.743, el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 7 de fecha 11 de diciembre de 2019, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 52 de fecha 20 de diciembre de 2019 y su prórroga aprobada por el Decreto Nº 540 de fecha 12 de junio de 2020, la Resolución Nº 337 de fecha 10 de marzo de 2020 de la intervención de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA, la Resolución Nº 411 de fecha 8 de abril de 2020 de abril de 2020 de la intervención de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA, el Expediente Nº 2252/20/2020 del registro de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 52 de fecha 20 de diciembre de 2019 se dispuso la intervención de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA, con las facultades de gobierno y administración establecidas en las Leyes Nros. 25.520 y 27.126, el Decreto N° 1311/15 y el Decreto N° 2415/15.

Que a través del Decreto Nº 540 de fecha 12 de junio de 2020 se prorrogó la intervención dispuesta, referida en el párrafo anterior.

Que mediante la Ley N° 25.520 se establecieron las bases normativas en las que deberán desarrollar sus actividades los organismos de inteligencia, disponiéndose, entre otras cuestiones, que el funcionamiento del Sistema de Inteligencia Nacional deberá ajustarse estrictamente a las previsiones contenidas en los Capítulos I y II de la Constitución Nacional y en las normas legales y reglamentarias vigentes.

Que el derecho de igualdad ante la ley y el principio de no discriminación se encuentran previstos en la Constitución Nacional (artículos 16, 37 y 75 incisos 2, 19, 22 y 23) y en diversos instrumentos internacionales con jerarquía constitucional, entre los que se encuentran la Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 2), la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (artículo 2), la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículos 1, 13.5, 17.4 y 24), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículos 2 .1, 3, 20.2, 23.4, 24.1, 26), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículos 2.2 y 3); la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) (artículos 3.b, 4.1.b, 5, 6, 7 y 12); la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de...

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