Resolución 107/2020

Fecha de publicación29 Junio 2020
SecciónResoluciones
EmisorREGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES


Ciudad de Buenos Aires, 23/06/2020

VISTO:

La Ley N° 25.191, el Decreto N° 453 de fecha 24 de abril de 2001, la Resolución RENATRE N°01/2020 de fecha 8 de enero de 2020, la Resolución Conjunta 379/2005 MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN y 369/2005 REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES, el Acta de Directorio N° 71 de fecha 26 de febrero de 2020, el Expediente RENATRE N° 16923/19, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución RENATRE N° 01/2020 de fecha 8 de enero de 2020 se designó al Sr. Luis Orlando Marino (DNI 14.174.720) como Presidente del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE).

Que el Cuerpo Directivo del Registro en su reunión ordinaria de fecha 26 de febrero de 2020, Acta N° 71, ha resuelto aprobar los protocolos de fiscalización para la actividad inspectora.

Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos se expidió oportunamente, mediante dictamen SAJ 13/20, respecto de la legitimidad, viabilidad e importancia de la implementación y aplicación de los protocolos.

Que los artículos 11, inciso h) y 12, inciso f) de la Ley Nº 25.191 facultan al REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE) a controlar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la precitada norma.

Que el artículo 19 del Anexo del Decreto Nº 453/01, reglamentario del artículo 11, inciso h) de la Ley Nº 25.191, establece que el RENATRE fiscalizará el cumplimiento de las obligaciones establecidas en dicha ley.

Que la Resolución Conjunta 379/2005 MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN y 369/2005 REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES establece las normas de procedimiento para la comprobación y juzgamiento de las infracciones a la Ley Nº 25.191 y sus normas reglamentarias y complementarias.

Que corresponde implementar medidas tendientes a garantizar eficacia y eficiencia en las acciones de inspección entablas por el Registro, por lo que con el objeto de uniformar y modernizarlas resulta necesario adoptar una serie de protocolos de actuación que sirvan de base para guiar el accionar de los inspectores y demás personal involucrado en las acciones de inspección.

Que por igual motivo, resulta necesario actualizar y adecuar los instrumentos que se utilizan en las acciones de inspección e incorporar nuevos para diversos supuestos tratados en los Protocolos.

Que teniendo en consideración la novedad, amplitud y vastedad de las situaciones que pueden presentarse en la aplicación de estos...

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