Resolución 1054/2020

Fecha de publicación19 Junio 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SALUD


Ciudad de Buenos Aires, 18/06/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-36818604-APN-SCS#MS, la Ley N° 22.127, sus modificatorias y complementarias, el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 3 de fecha 13 de marzo de 2020, las Resoluciones Ministeriales N° 450 de fecha 7 de abril de 2006, N° 1993 de fecha 2 de noviembre de 2015, N° 702 de fecha 1 de abril de 2020, N° 718 de fecha 7 de abril de 2020 y las Resoluciones de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD N° 900 de fecha 30 de mayo de 2019 y N° 2710 de fecha 23 de octubre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 22.127 se estableció el Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud, fundado en la necesidad de establecer las bases para la integración de un equipo que permitiera, de manera interdisciplinaria, asistir los problemas de salud de la comunidad, atendiendo a la promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación para la solución de aquellos.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 1993 de fecha 2 de noviembre de 2015 se aprobó el Reglamento Básico General para el Sistema Nacional de Residencias del Equipo De Salud.

Que el citado sistema importa un modelo de formación profesional en el trabajo, establecido sobre la base de la adjudicación y ejecución personal de tareas de progresiva complejidad y responsabilidad, en forma supervisada.

Que las residencias del equipo de salud configuran el mejor sistema de formación de especialistas de salud en el posgrado, ofreciendo la posibilidad de profundizar en un área de conocimientos al tiempo que se realiza una práctica intensiva en escenarios de trabajo.

Que las residencias acreditadas por la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN contemplan, en sus respectivos reglamentos jurisdiccionales y programas específicos, la necesidad de la población de la incorporación de diversos profesionales del equipo de salud.

Que con fecha 12 de marzo de 2020, mediante el Decreto N° 260, se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia del mencionado decreto.

Que por el artículo 7 de la Resolución N° 3/2020 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se faculta a los titulares de cada jurisdicción, entidad u organismo a determinar las áreas esenciales o críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad, a efectos de asegurar su cobertura.

Que este Ministerio considera la permanencia de los/las residentes, dentro de los servicios de salud, como...

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