Resolución 105/2020

Fecha de publicación12 Mayo 2020
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 07/02/2020

VISTO el EX-2019-44008862- -APN-DGDMT#MPYT del registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 3/8 del IF-2019-49936013-APN-DGDMT#MPYT del EX-2019-49857855- -APN-DGDMT#MPYT vinculado en tramitación conjunta al EX-2019-44008862- -APN-DGDMT#MPYT, obra el acuerdo celebrado con fecha 24 de mayo de 2019 y en las páginas 2/5 del IF-2019-72883618-APN-DGDMT#MPYT del EX-2019-72670334- -APN-DGDMT#MPYT vinculado en tramitación conjunta al EX-2019-44008862- -APN-DGDMT#MPYT obra el acuerdo celebrado con fecha 6 de agosto de 2019, celebrados entre la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (FATSA), por el sector sindical, y la CAMARA EMPRESARIA DE LABORATORIOS FARMACEUTICOS (COOPERALA), la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE PRODUCTOS VETERINARIOS (CAPRROVE), la CAMARA INDUSTRIAL DE LABORATORIOS FARMACEUTICOS ARGENTINOS (CILFA) y la CAMARA ARGENTINA DE ESPECIALIDADES MEDICINALES (CAEME), por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante los acuerdos de marras, las partes convienen actualizar las escalas salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 42/89, estableciendo el plazo de vigencia a partir del 1º de mayo de 2019 y del 1º de agosto de 2019 respectivamente, dentro de los términos y lineamientos estipulados.

Que cabe dejar constancia que el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 42/89 ha sido suscripto por la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (FATSA), por el sector sindical, y la FEDERACION ARGENTINA DE INDUSTRIAS DE LA SANIDAD, por la parte empresaria.

Que asimismo, corresponde hacer saber que, teniendo en cuenta los antecedentes celebrados ante esta Cartera de Estado, se ha reconocido a la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE PRODUCTOS VETERINARIOS (CAPRROVE), a la CAMARA INDUSTRIAL DE LABORATORIOS FARMACEUTICOS ARGENTINOS (CILFA), a la CAMARA ARGENTINA DE ESPECIALIDADES MEDICINALES (CAEME) y a la CAMARA EMPRESARIA DE LABORATORIOS FARMACEUTICOS (COOPERALA) como sucesoras de la FEDERACION ARGENTINA DE INDUSTRIAS DE LA SANIDAD.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación de los presentes se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR