Resolución 105/2020

Fecha de publicación18 Marzo 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS


Ciudad de Buenos Aires, 17/03/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-16737805-DGDYD#MJ, las Leyes Nros. 26.529 y 27.541, los Decretos Nros. 644 del 4 de junio de 2007 y el 260 del 12 de marzo de 2020, la Resolución RESOL-2020-103-APN-MJ del 13 de Marzo de 2020, la Resolución RESOL-2020-3-APN-SGYEP#JGM del 13 de marzo de 2020; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución RESOL-2020-103-APN-MJ del 13 de Marzo de 2020 se aprobaron las recomendaciones destinadas al cumplimiento de las disposiciones del Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020 en el ámbito de los edificios, establecimientos, oficinas u otros espacios de prestación de servicios correspondientes al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que, asimismo, mediante la norma precitada se aprobaron las recomendaciones a implementar en los establecimientos del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

Que en virtud de las facultades emergentes del Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020 el MINISTERIO DE SALUD, en su página web oficial el día 15 de Marzo dictó nuevas medidas destinadas a retrasar la propagación del coronavirus COVID-19.

Que entre ellas se encuentran las de suspender las clases por CATORCE (14) días, el otorgamiento de licencias a los mayores de SESENTA (60) años, el cierre por QUINCE (15) días de las fronteras y de todos los parques nacionales y la cancelación de aglomeraciones y suspensión de actividades no esenciales.

Que por consiguiente resulta conveniente actualizar las medidas preventivas adoptadas en la Resolución RESOL-2020-103-APN-MJ.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 371 del 12 de Marzo de 2020 y la Resolución RESOL-2020-103-APN-MJ se instruyó y recomendó un régimen de licencias excepcional para los casos relacionados con el coronavirus COVID-19.

Que por la Resolución RESOL-2020-3-APN-SGYEP#JGM, se establecieron las medidas a adoptar tendientes a preservar las relaciones de producción y empleo y la protección del salario que en forma habitual perciben los trabajadores y las trabajadoras y la integridad de sus núcleos familiares.

Que el servicio jurídico permanente de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 4°, inciso b), apartado 9) de la Ley de Ministerios N° 22.520 -T.O. 1992 y sus modificaciones.

Por ello,

LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Anexo I de la Resolución RESOL-2020-103-APN-MJ por el que como Anexo I (IF-2020-17344354-APN-SGJYDH#MJ)...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR