Resolución 1041. RESOL-2018-1041-APN-MTR

Fecha de disposición27 Noviembre 2018
Fecha de publicación27 Noviembre 2018
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE TRANSPORTE

Resolución 1041/2018

RESOL-2018-1041-APN-MTR

Ciudad de Buenos Aires, 26/11/2018

VISTO el Expediente EX-2018-57986897-APN-SSTF#MTR del registro del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Reordenamiento Ferroviario Nº 26.352 dispuso la creación de la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), con sujeción al régimen establecido por la Ley Nº 20.705, las disposiciones pertinentes de la Ley Nº 19.550 y modificatorias que le fueran aplicables, y a las normas de su Estatuto.

Que dicha sociedad tiene a su cargo la prestación de los servicios de transporte ferroviario de pasajeros que le sean asignados, en todas sus formas, incluyendo el mantenimiento del material rodante.

Que por Resolución N° 1590 de fecha 10 de diciembre de 2014 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se asignó a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) la operación del servicio especial de carácter interjurisdiccional de transporte ferroviario de pasajeros en el sector de la Red Ferroviaria Nacional, comprendido entre las estaciones PLAZA CONSTITUCIÓN (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES) \u2013 MAR DEL PLATA (PROVINCIA DE BUENOS AIRES) del Ferrocarril Roca, en los términos del artículo 7° de la Ley N° 26.352, aprobándose por el mismo acto el cuadro tarifario aplicable al servicio.

Que por Resolución N° 517-E/2016 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, de fecha 14 de diciembre de 2016, se aprobó la tarifa de referencia aplicable al servicio PLAZA CONSTITUCIÓN (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES) \u2013 MAR DEL PLATA (PROVINCIA DE BUENOS AIRES) del Ferrocarril General Roca, y se facultó a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) a aplicar tarifas menores o mayores hasta un CINCUENTA POR CIENTO (50%) respecto de la tarifa de referencia aprobada.

Que, asimismo, esa resolución facultó a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) a definir su política de detenciones en estaciones intermedias, y a fijar las respectivas tarifas de cada tramo, considerando -a tal efecto- el valor resultante de multiplicar la distancia entre las estaciones de origen y destino del tramo por el valor por kilómetro aprobado en la resolución, con más las variaciones en más o en menos que resulten por aplicación de su artículo 2º y, a su vez, se estableció que las tarifas resultantes para los tramos...

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