Resolución 104/2019

Fecha de publicación17 Mayo 2019
SecciónResoluciones
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
undefinedBuenos Aires, 09/05/2019

VISTO la Ley 26.727, el Decreto N° 1.759 de fecha 3 de abril de 1972 (t.o 2017) y la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 48 de fecha 6 de mayo del 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 48 de fecha 6 de mayo del 2018 se determinaron las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad YERBATERA, en el ámbito de la Provincia de MISIONES y los departamentos de ITUZAINGÓ y SANTO TOMÉ de la Provincia de CORRIENTES.

Que habiéndose advertido en la misma un error material involuntario en el Anexo II de la citada Resolución, debe procederse a su rectificación.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso i) del artículo 89 de la Ley N° 26.727 y por el artículo 101 del Decreto N° 1.759/72 (t.o. 2017).

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Rectifícase el Anexo II de la Resolución de la Comisión Nacional de...

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