Resolución 1033/2020
Fecha de publicación | 30 Diciembre 2020 |
Sección | Convenciones Colectivas de Trabajo |
Emisor | MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO |
Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2020
VISTO el EX-2020-48053903- -APN-MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744, (t.o.1.976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.2.004) y
CONSIDERANDO:
Que en el orden Nº 2, páginas 128/134 del IF-2020-48053895-APN-MT del EX-2020-48053903- -APN-MT, obran el acuerdo y escalas salariales suscriptos entre la UNION TRABAJADORES DE CARGA Y DESCARGA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por la parte sindical, y la CÁMARA EMPRESARIA DE CARGA, DESCARGA, MANIPULEO, MOVIMIENTO, EMPAQUE Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte empleadora, cuya homologación las partes solicitan conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que dicho acuerdo es suscripto en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 508/07.
Que a través del mentado acuerdo las partes pactan un incremento salarial conforme los detalles allí impuestos.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a la estricta correspondencia entre el objeto de la Cámara empleadora firmante, y los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su Personería Gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (dto. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO -2019-75-APN-PTE
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declarase homologados el acuerdo y...
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