Resolución 103/2019

Fecha de publicación01 Octubre 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA


Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-82456321- -APN-DGDMA#MPYT del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido por la Resolución N° 763 de fecha 17 de agosto de 2011 del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la autorización para la liberación comercial de un Organismo Vegetal Genéticamente Modificado (OVGM) se otorga en base a TRES (3) dictámenes técnicos independientes.

Que la firma MONSANTO ARGENTINA S.R.L. efectuó la presentación que la mencionada Resolución N° 763/11 establece para la evaluación de maíz genéticamente modificado con la acumulación de eventos MON-87427-7 x MON-89Ø34-3 x SYN-IR162-4 x MON-ØØ603-6 (OCDE).

Que por medio de las Resoluciones Nros. 302 de fecha 30 de julio de 2013, 407 de fecha 29 de septiembre de 2014, ambas de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, las Resoluciones Nros. RESOL-2016-113-E-APN-SECAV#MA de fecha 12 de diciembre de 2016, RESOL-2017-58-APN-SECAV#MA de fecha 7 de octubre de 2017, ambas de la ex - SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y RESOL- 2019-37-APN-SAYBI#MPYT de fecha 28 de junio de 2019 de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se concedió a la firma MONSANTO ARGENTINA S.R.L. los permisos de liberación experimental para el evento MON-87427-7 x MON-89Ø34-3 x SYN-IR162-4 x MON-ØØ603-6 (OCDE).

Que la COMISIÓN NACIONAL ASESORA DE BIOTECNOLOGÍA AGROPECUARIA (CONABIA) aprobó el Documento de Decisión para el evento MON-87427-7 x MON-89Ø34-3 x SYN-IR162-4 x MON-ØØ603-6 (OCDE), el cual concluye: (…) “que los riesgos de bioseguridad derivados de su cultivo a gran escala no difieren significativamente de los inherentes al cultivo de maíz no GM…”. El maíz “(…) no presentará efectos adversos sobre el agroecosistema.”, conforme surge del Informe Gráfico N° IF-2019-84533225-APN-DB#MPYT

Que el citado Documento de Decisión se aplica al maíz MON-87427-7 x MON-89Ø34-3 x SYN-IR162-4 x MON- ØØ603-6 (OCDE), a las acumulaciones intermedias de los eventos y a toda la progenie derivada de los cruzamientos de este material con cualquier maíz no GM obtenido en forma convencional.

Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se ha...

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