Resolución 1027-E.

Fecha de disposición29 Diciembre 2017
Fecha de publicación29 Diciembre 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

Resolución 1027-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-24142401-APN-SSDUYV#MI del registro de este Ministerio, la Ley Aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 N° 27.341, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y el Decreto Nº 212 de fecha 22 de diciembre de 2015 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, dispone como competencia de este Ministerio la de entender en la elaboración y ejecución de programas de vivienda destinada a los sectores de menores recursos.

Que asimismo, el Decreto N° 212/15 y sus modificatorias, establece como competencia de la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT de este Ministerio la de entender en el diseño, implementación y control de la Política Nacional de Vivienda.

Que por el artículo 59 de la Ley N° 27.341 se crea el FONDO FIDUCIARIO PARA LA VIVIENDA SOCIAL, en el ámbito de la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT de este Ministerio, con el objeto de financiar los programas vigentes de vivienda social e infraestructura básica, con fondos públicos, privados y de organismos internacionales, multilaterales o trilaterales.

Que asimismo, el citado artículo 59 de la Ley N° 27.341 establece que el FONDO FIDUCIARIO PARA LA VIVIENDA SOCIAL será administrado por el Fiduciario según las instrucciones de un CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, cuya conformación y funciones serán establecidas por resolución de este Ministerio, siendo en consecuencia necesario dictar la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida...

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