Resolución 1025 - E.

Fecha de disposición19 Enero 2017
Fecha de publicación19 Enero 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 1025 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 15/12/2016

VISTO el Expediente N° 1.730.796/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 7/10 y 46 del Expediente de referencia, obran el Acuerdo y Acta Complementaria celebrados entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte gremial y la empresa FCA AUTOMÓBILES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que debe dejarse indicado que si bien en el texto del Acuerdo se ha consignado como empresa firmante a FIAT AUTO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, con las constancias obrantes en autos se ha acreditado que ésta ha cambiado su denominación por FCA AUTOMOBILES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, y a foja 46, esta última firma ha ratificado el Acuerdo.

Que a través del presente se conviene incrementar la contribución empresaria oportunamente pactada.

Que las partes han ratificado su contenido y acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del texto convencional de marras, se circunscribe a la estricta correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante, y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral".

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 48/15.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Decláranse homologados el Acuerdo y Acta Complementaria celebrados entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la empresa FCA AUTOMÓBILES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, que lucen a fojas 7/10 y 46 del Expediente N° 1.730.796/16, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°

Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo y Acta Complementaria obrantes a fojas 7/10 y 46 del Expediente N° 1.730.796/16.

ARTÍCULO 3°

Notifíquese a las partes signatarias...

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