Resolución 1024/2022
Fecha de publicación | 26 Mayo 2022 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES |
Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2022
VISTO el EX-2021-120602401-APN-SDYME#ENACOM; la Ley N° 27.078; el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 267/2015; las Resoluciones del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N° 721/2020 y N° 2.183/2021; el IF-2022-46520918-APN-DNFYD#ENACOM y
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes Nº 27.078 y Nº 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que la Ley N° 27.078 en su Artículo 18 dispone que el Estado Nacional garantiza el Servicio Universal entendido como el conjunto de servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) que debe prestarse a todos los habitantes de la Nación, asegurando su acceso en condiciones de calidad, asequibilidad y a precios justos y razonables, con independencia de su localización geográfica, ingreso o capacidades.
Que, asimismo, la citada norma establece que el Poder Ejecutivo Nacional a través de la Autoridad de Aplicación, define la política pública a implementar para alcanzar el objetivo del Servicio Universal, diseñando los distintos programas para el cumplimiento de las obligaciones y el acceso a los derechos previstos en el mismo, pudiendo establecer categorías a tal efecto.
Que por el Acta de Directorio del ENACOM N° 56, de fecha 30 de enero de 2020, se estableció como lineamientos de gestión, entre otros, priorizar la reducción de la brecha digital a través del impulso de programas y proyectos de conectividad en la REPÚBLICA ARGENTINA que posibiliten el acceso equitativo, asequible y de calidad a las TIC a todos sus habitantes, con especial énfasis en las zonas desatendidas; y fortalecer el diálogo con todos los sectores enunciados en la Ley N° 26.522 y Ley N° 27.078 que permita conocer y entender en forma precisa las necesidades y requerimientos con el objeto de la actualización de la normativa.
Que por la Resolución ENACOM N° 721/2020, se aprobó el Reglamento General del Servicio Universal.
Que el Artículo 19 del Reglamento General del Servicio Universal establece que el Presidente del Directorio del ENACOM, a través de las áreas competentes, diseñará los distintos Programas, para el cumplimiento de las obligaciones y el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba