Resolucion 1013
Fecha de publicación | 26 Octubre 2007 |
Fecha de disposición | 26 Octubre 2007 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31268 |
· El presente acuerdo salarial será presentado ante el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación a los fines de su homologación, quedando incorporado al CCT 196 y 197/92 y comprometiéndose las partes a ratificar personalmente este acuerdo ante dicha Autoridad, en un plazo máximo de 48 horas.
· En el mes de noviembre de 2007 las partes se comprometen a analizar el impacto de la escala salarial aquí acordada.
En prueba de conformidad, se suscriben tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, uno para cada parte y uno para el Ministerio de Trabajo.
ACTA SALARIAL UTEDYC - AFA CCT 196/92, CCT 197/92
Anexo I Se firma el presente en la Ciudad de Buenos Aires, a los 24 días del mes de mayo de 2007.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1013/2007
Registro Nº 1107/07
Bs. As., 6/9/2007
VISTO el Expediente Nº 998.413/95 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 850 de fecha 6 de agosto de 2007 y CONSIDERANDO:
Que a fojas 355 del Expediente Nº 998.413/95 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA (A.P.J.A.E.) y la empresa HIDROELECTRICA LOS NIHUILES SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 891/07 'E' conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del Convenio Colectivo de Trabajo homologado por Resolución S.T. Nº 850/07 y registrado bajo el Nº 891/07 'E', conforme surge de fojas 456/458 y 461, respectivamente.
Que debe tenerse presente que respecto del acuerdo agregado a fojas 439/442, homologado por Resolución S.T. Nº 850/07, deberá solicitarse a las partes de autos acompañar las escalas salariales, vigentes desde el primero de febrero de 2007, a fin que por intermedio de la Dirección de Regulaciones del Trabajo se elabore el proyecto de Base promedio y Tope indemnizatorio.
Que las escalas a presentar deberán detallar las categorías y los salarios correspondientes a cada una de ellas, los aumentos otorgados y adicionales a aplicarse con vigencia desde el primero de febrero del corriente año --ya sean éstos variables o permanentes-- y todas aquellas cuestiones que incidan sobre...
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