Resolución 1011.

Fecha de disposición28 Octubre 2015
Fecha de publicación28 Octubre 2015
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 1011/2015

Bs. As., 27/07/2015

VISTO el Expediente N° 1.673.267/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 37/37 vuelta del Expediente N° 1.673.267/15 obra el acuerdo celebrado entre el CENTRO DE JEFES Y OFICIALES MAQUINISTAS NAVALES, el SINDICATO DE CONDUCTORES NAVALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SI.CO.NA.RA.), el CENTRO DE PATRONES Y OFICIALES FLUVIALES DE PESCA Y CABOTAJE MARÍTIMO y el SINDICATO DE OBREROS MARÍTIMOS UNIDOS (SOMU) por el sector sindical y la CÁMARA DE ARMADORES DE REMOLCADORES por la parte empleadora, de conformidad con la Ley de Negociaciones Colectivas N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el mentado acuerdo establecen un incremento salarial conforme los términos, alcances que surgen del mismo.

Que conforme surge de esta cartera de estado, existen antecedentes negociales entre los actores intervinientes en autos.

Que en consecuencia las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el presente acuerdo.

Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo, se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad del sector empleador firmante y de las entidades Sindicales signatarias; emergente de sus respectivas personerías gremiales.

Que respecto a su ámbito temporal, se fija su vigencia a partir del día 1° de abril de 2015 y hasta el día 31 de marzo de 2016, de conformidad con lo expresamente pactado por sus celebrantes.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10...

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