Resolución 1011/2019

Fecha de publicación11 Noviembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD


Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2019

VISTO el Expediente EX-2019-84669294- -APN-SPC#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, las Leyes Nros. 25.054 y 27.287, los Decretos Nros. N° 39 del 13 de enero de 2017, 383 del 30 de mayo de 2017, 862 del 26 de octubre de 2017 y 174 del 02 de marzo de 2018, y

Considerando:

Que la Ley de Ministerios (t.o. Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, asigna al MINISTERIO DE SEGURIDAD la competencia de entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia; integrar el CONSEJO FEDERAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL creado por la Ley N° 27.287; y entender en materia de aplicación de la Ley N° 25.054, entre otras.

Que en la planilla anexa al artículo 2° del Decreto Reglamentario N° 862 del 27 de octubre del 2017, se indican los objetivos de la SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL, particularmente los objetivos previstos en los incisos 2), 4), 10) y 13).

Que la Ley N° 27.287, creó el Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil (SINAGIR), que articula el funcionamiento de los organismos del Gobierno Nacional, de los Gobiernos Provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Municipales, las Organizaciones no Gubernamentales y la Sociedad Civil, para fortalecer y optimizar las acciones destinadas a la reducción de riesgos, el manejo de la crisis y la recuperación.

Que el SINAGIR está integrado por el CONSEJO NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL y el CONSEJO FEDERAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL.

Que el Decreto N° 39 del 2017 en su artículo 8°, designa a la titular del Ministerio de Seguridad como representante del Poder Ejecutivo Nacional en el Consejo Federal de Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil.

Que en el marco de la Ley N° 27.287, el CONSEJO NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL cuenta con una SECRETARÍA EJECUTIVA, con las funciones establecidas en el artículo 8° de la ley y en particular el inciso C acápite 2°.

Que de acuerdo al artículo 6° del Decreto N° 39/2017 y a los fines establecidos en los artículos y 13° de la Ley N° 27.287, la SECRETARÍA EJECUTIVA será ejercida por la SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL del MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN.

Que el Decreto N° 383/2017, en el artículo 17° inciso e), considera como fuerza operativa para...

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