Resolucion 1010
Fecha de disposición | 26 Octubre 2007 |
Fecha de publicación | 26 Octubre 2007 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31268 |
CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1010/2007
Registro Nº 1117/07
Bs. As., 6/9/2007
VISTO el Expediente Nº 1.068.818/03 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 121/124 del Expediente Nº 1.068.818/03 obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION ARGENTINA EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE (A.A.E.M.M.) y la empresa BUENOS AIRES CONTAINER TERMINAL SERVICES SOCIEDAD ANONIMA (B.A.C.T.S.S.A.), conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que al mencionado acuerdo se ha arribado en el marco de la Comisión Negociadora constituida a esos efectos por la Disposición D.N.R.T. Nº 86 de fecha 13 de mayo de 2003 glosada a fojas 27/29 de autos, para la renovación del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 369/99 'E', del que son sus signatarios.
Que el contenido de lo pactado se refiere a una recomposición de los niveles salariales, incluyendo asimismo adicional por producción y antigüedad.
Que la vigencia está establecida a partir del mes de agosto de 2007, con la salvedad del plus por antigüedad, que tiene reconocimiento retroactivo al mes de abril de 2007.
Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.
Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.
Que, cabe señalar, que el ámbito personal y territorial de aplicación del presente acuerdo, está circunscripto a la correspondencia de la representatividad de las partes signantes del mismo.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por último correspondería, que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de proceder al cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:
Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION ARGENTINA EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE (A.A.E.M.M.) y la empresa BUENOS AIRES CONTAINER TERMINAL SERVICES SOCIEDAD ANONIMA (B.A.C.T.S.S.A.), glosado a fojas 121/124 del Expediente Nº 1.068.818/03.
Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo, obrante a fojas 121/124 Expediente Nº 1.068.818/03.
Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.
Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias. Cumplido pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de elaborar el pertinente proyecto de base promedio y tope indemnizatorio de las escalas salariales que por este acto se homologan, de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.068.818/03
Buenos Aires, 12 de septiembre de 2007
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1010/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 121/124 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 1117/07. -- VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los nueve días del mes de agosto de 2007, se reúnen por la parte sindical, ASOCIACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE, en adelante 'el Sindicato', representada por los...
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