Resolución 101/2022
Fecha de publicación | 15 Marzo 2022 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL |
Ciudad de Buenos Aires, 10/03/2022
Visto el Expediente N° EX-2019-52213668-APN-ANAC#MTR, la Ley N° 17.285, los Decretos N° 326 de fecha 10 de febrero de 1982, Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, la Resolución N° 421 de fecha 28 de marzo de 1994 del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la Resolución N° 1.322 de fecha 20 de noviembre de 1997 del ex- MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la Disposición N° 39 de fecha 20 de diciembre de 1993 de la entonces DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREOCOMERCIAL de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE dependiente del ex- MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y la Disposición N° 44 de fecha 24 de noviembre de 1994 de la entonces DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREOCOMERCIAL DEPENDIENTE del ex- MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS , y
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente citado en el Visto, tramita el retiro de las autorizaciones otorgadas a la Empresa AIR TANGO SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-66343235-0) por no contar con capacidad técnica para explotar los servicios aerocomerciales oportunamente otorgados, conforme lo prevé el Artículo 135 Inciso 8 del Código Aeronáutico.
Que mediante la Disposición N° 39 de fecha 20 de diciembre de 1993 de la entonces DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREOCOMERCIAL de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE dependiente del ex- MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS se la autorizó para explotar servicios no regulares internos de transporte aéreo de pasajeros, carga y correspondencia y carga pura, con equipos de reducido porte.
Que mediante la Disposición N° 44 de fecha 24 de noviembre de 1994 de la entonces DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREOCOMERCIAL de la ex SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del ex- MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS se la autorizó para explotar servicios no regulares internos de transporte aéreo de pasajeros y carga usando para ese fin, aeronaves del tipo METRO II y METRO III o equipos de inferior o similares características técnicas y capacidad comercial.
Que mediante la Resolución N° 421 de fecha 28 de marzo de 1994 del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS se la autorizó para explotar servicios no regulares internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correspondencia y carga pura usando aeronaves de reducido porte.
Que mediante la Resolución N° 1.322 de fecha 20 de noviembre de 1997 del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS se la...
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