Resolución 1001.

Fecha de disposición19 Julio 2016
Fecha de publicación19 Julio 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 1001/2016

Bs. As., 13/07/2016

VISTO el expediente N° 1-2002-28763-14-1, del registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley N° 17.132, sus complementarias y modificatorias, la Ley N° 22.127, la Resolución N° 450 del ex - MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, de fecha 7 de abril de 2006, la Resolución N° 1922 del MINISTERIO DE SALUD, de fecha 6 de diciembre de 2006, la Resolución Ministerial 1342 de fecha 10 de octubre de 2007, y la Disposición N° 104 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN de fecha 24 de noviembre de 2015; y

CONSIDERANDO:

Que el ordenamiento racional, la planificación y distribución de los Recursos Humanos en Salud, son un componente central en la política sanitaria del MINISTERIO DE SALUD.

Que a través de la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros.

Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD - COFESA - como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N° 450 de 2006.

Que por Resolución Ministerial N° 1342/07 se aprobaron los "Criterios y Estándares Básicos de las Residencias del Equipo de Salud", "Esquema de Presentación de Programas Docentes de Residencias en Salud" y "Requisitos para la Inscripción de Entidades Evaluadoras", así como el REGISTRO NACIONAL UNICO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ACREDITADAS, el REGISTRO DE PROGRAMAS DE RESIDENCIAS ACREDITADAS y el REGISTRO UNICO DE ENTIDADES EVALUADORAS DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.

Que mediante Disposición N° 104 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN de fecha 24 de noviembre de 2015 se aprobaron los nuevos Estándares Nacionales y Contenidos Transversales, para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud, y los formularios nacionales para la evaluación de residencias del equipo de salud (Instrumento Nacional de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores), a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el funcionamiento de los programas de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.

Que en correlato con la implementación del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL identificó la necesidad de contar con un marco que regule y organice el desarrollo pedagógico de las residencias del equipo de salud a nivel nacional.

Que en ese contexto se coordinó el diseño y la implementación de un procedimiento de trabajo basado en acuerdos metodológicos y de contenidos sucesivos con el objetivo de generar Marcos de Referencia para la Formación en Residencias Médicas que regulen y organicen el desarrollo pedagógico de las residencias del equipo de salud a nivel nacional.

Que la elaboración de los Marcos de Referencia para la Formación en Residencias Médicas constituye una herramienta central del proceso de armonización de la formación en residencias en tanto establecen los componentes mínimos que tienen que estar presentes en la formación.

Que por Expediente N° 1-2002-28763-14-1, del registro del MINISTERIO DE SALUD se desarrolló el trámite de elaboración del Marco de Referencia de la Especialidad Cardiología.

Que la elaboración de los documentos fue una tarea conjunta con representantes de instituciones asistenciales, asociaciones profesionales y cuerpos técnicos jurisdiccionales que constituyen comisiones consultivas de la Especialidad Cardiología, bajo la coordinación de la DIRECIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL.

Que el Documento Marco de Referencia de la Especialidad Médica que nos ocupa, fue aprobado por Acta del 15 de junio de 2015 por la Comisión Asesora del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, y por Acta de fecha 2 de julio de 2015 del Comité Técnico, en el marco de la Reunión Federal de Responsables de Residencias; y que su aprobación fue incluida en el Acta COFESA, de la Reunión Ordinaria N° III, reunido en la Provincia de San Juan, entre los días 14 y 15 de agosto de 2015.

Que la Especialidad Médica "CARDIOLOGÍA", se encuentra incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN (RM. 1814/2015).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 17.132, sus complementarias y modificatorias, y la Ley N° 22.127.

Por ello,

EL MINISTRO

DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Apruébase el "MARCO DE REFERENCIA PARA LA FORMACIÓN EN RESIDENCIAS MÉDICAS - ESPECIALIDAD CARDIOLOGÍA" que como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°

Incorpórese el "MARCO DE REFERENCIA PARA LA FORMACIÓN EN RESIDENCIAS MÉDICAS - ESPECIALIDAD CARDIOLOGÍA", como estándar de evaluación de las residencias que se acrediten en el marco del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.

ARTÍCULO 3°

Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Boletín Oficial y archívese. -- Dr. JORGE DANIEL LEMUS, Ministro de Salud.

ANEXO I

Marco de Referencia para la Formación en Residencias Médicas

Especialidad Cardiología

Subsecretaría de Políticas, Regulación y Fiscalización

Secretaría de Políticas e Institutos

Marzo 2015

Índice

Presentación

  1. Perfil Profesional Médico Especialista en Cardiología

    I.1. Justificación del Perfil

    I.2.-Competencia General

    I.3. Áreas de Competencia y Actividades Específicas

  2. Bases Curriculares

    II.1.- Bloques Transversales

    II.2.- Bloques Propios de la Especialidad

  3. Requisitos Mínimos para el Funcionamiento de la Residencia

    III.1.-Carga Horaria

    III.2. Actividades de Formación

    III.2.1. Rotaciones Obligatorias

    III.2.2. Actividades Asistenciales

    III.2.3. Actividades de Integración Teórico Práctica

    III.2.4.-Evaluación

    III.3 Recursos

    III.4.- Condiciones de contratación

    Integrantes de la Comisión Consultiva de Cardiología

    Dr. Alvarez Carlos. Universidad Católica Argentina (UCA). Asociación Facultades de Ciencias Médicas de la República Argentina (AFACIMERA).

    Dr. Belletich Ruiz Pietro Antonio. Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe

    Dra. Berensztein Sara. Universidad de Buenos Aires.

    Dra. Cusumano Ana. Asociación de Facultades y Ciencias Médicas de la República Argentina (AFACIMERA).

    Dr. D\u2019Ovidio Adrián. Ministerio de Salud. Provincia de San Juan.

    Dr. Dionisio Gabriel. Ministerio de Salud. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

    Dr. Faccio Fernando. Federación Argentina de Cardiología (FAC).

    Dr. Grancelli Hugo. Sociedad Argentina de Cardiología (SAC).

    Dr. Guevara Eduardo. Sociedad Argentina de Cardiología (SAC).

    Dr. Guzmán Luis Alberto. Ministerio de Salud. Provincia de Córdoba.

    Dra. Lloveras Susana Cristina. Dirección Nacional de Capital Humano y Salud Ocupacional Ministerio de Salud de la Nación.

    Lic. Malamud Isabel. Dirección Nacional de Capital Humano y Salud Ocupacional Ministerio de Salud de la Nación.

    Dr. Migliore Ricardo. Sociedad Argentina de Cardiología (SAC).

    Dra. Montenegro Gladys. Ministerio de Salud. Provincia de Chaco

    Dr. Paterlini Gustavo. Ministerio de Salud . Provincia de Tucumán.

    Dr. Pulita Miguel Gustavo. Ministerio de Salud. Provincia de Neuquén.

    Dr. Rosende Andrés. Hospital El Cruce, Alta Complejidad en Red, Dr. Néstor Carlos Kirchner.

    Dra. Salazar Adriana Inés. Sociedad Argentina de Cardiología (SAC).

    Dr. Tajer Carlos Daniel. Hospital El Cruce, Alta Complejidad en Red, Dr. Néstor Carlos Kirchner.

    Dr. Yorio Marcelo. Universidad Nacional de Córdoba. AFACIMERA.

    Dra. Daniela Daverio. Coordinadora del Área de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud. Ministerio de Salud de la Nación.

    Dra. María Isabel Duré. Directora Nacional de Capital Humano y Salud Ocupacional. Ministerio de Salud de la Nación.

    PRESENTACIÓN

    La necesidad de contar con un marco que regule y organice el desarrollo pedagógico de las residencias del equipo de salud a nivel nacional, ha determinado el diseño e implementación de un procedimiento de trabajo basado en acuerdos metodológicos y de contenidos, cuyos productos son los marcos de referencia de las residencias. La creación de la Comisión Consultiva de Cardiología, en el ámbito de la Dirección Nacional de Capital Humano y Salud Ocupacional, es una acción, enmarcada en ese proyecto más amplio, que busca normalizar el perfil del egresado en la especialidad de Cardiología. La comisión de cardiología se constituyó y comenzó a funcionar en el mes de Junio de 2014. Desde su inicio participaron de la misma, representantes de universidades, asociaciones profesionales y académicas, y programas nacionales o jurisdiccionales vinculados con la especialidad.

    Participaron de las reuniones representantes de la Asociación de Facultades de Ciencias Médicas de la República Argentina (AFACIMERA), Foro Argentino de Facultades y Escuelas Públicas de Medicina, Federación Argentina de Cardiología (FAC), Sociedad Argentina de Cardiología (SAC), representantes de los ministerios de salud de Chaco, Córdoba, Neuquén, Tucumán, San Juan, Santa Fe, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Universidad de Buenos Aires, Hospital El Cruce, Alta Complejidad en Red, Dr. Néstor Carlos Kirchner...

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