Resolución 100/2021

Fecha de publicación31 Marzo 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA


Ciudad de Buenos Aires, 29/03/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-21643816- -APN-DGD#MDP, la Ley Nº 27.263, la Resolución N° 599 de fecha 7 de diciembre de 2016 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 27.263 se instituyó el Régimen de Desarrollo y Fortalecimiento del Autopartismo Argentino, por el cual se otorga un bono electrónico de crédito fiscal sobre el valor de las autopartes, matrices y moldes nacionales que sean adquiridos por empresas fabricantes de automóviles, utilitarios, comerciales livianos, camiones, chasis con y sin cabina, ómnibus, remolques y semirremolques, maquinaria agrícola y vial autopropulsada, motores, cajas de transmisión y otros sistemas de autopartes, conjuntos y subconjuntos, entre otros beneficios.

Que el Artículo 28 de la mencionada ley designó como Autoridad de Aplicación a la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, actualmente SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con facultades para dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias, en virtud del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Que mediante la Resolución Nº 599 de fecha 7 de diciembre de 2016 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y sus modificatorias, se estipularon los requisitos a los que deberán ajustarse las solicitudes que se realicen, el trámite que se dará a las mismas, así como los criterios económicos y productivos que resultan de aplicación al análisis de los supuestos que se enmarquen en el Régimen creado por la Ley N° 27.263.

Que a partir de la experiencia recogida en la administración del Régimen, resulta necesario realizar modificaciones a dicha resolución, con el fin de una mejor y eficaz implementación de la Ley N° 27.263, particularmente aquellas modificaciones que posibiliten un recupero inmediato de beneficios que, en el marco de las auditorías técnicas realizadas, surgiere que han sido percibidos en exceso.

Que, en ese sentido, resulta conveniente introducir al texto normativo, la posibilidad de efectuar ajustes a los beneficios percibidos mediante la aplicación de detracciones o ampliaciones, según corresponda, respecto de las solicitudes que se encuentran en trámite al momento de su determinación o bien se inicien con posterioridad.

Que, asimismo, deviene...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR