RESOLUCION Nº 37.528 DEL 10 MAY. 2013

Fecha de disposición16 Mayo 2013
Fecha de publicación16 Mayo 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32640



MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

RESOLUCIONNº 37.528 DEL 10 MAY. 2013EXPEDIENTE Nº 58215 - Fusión por Absorción de SMG ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (entidad absorbida) y LIBERTY ART S.A., con cambio de denominación en trámite en la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA por SWISS MEDICAL ART S.A. —conforme Resolución SSN Nº 37103—, (entidad absorbente), los aumentos de capital y las consecuentes reformas estatutarias.

SINTESIS:

VISTO... Y CONSIDERANDO...

EL SUPERINTENDENTE

DE SEGUROS DE LA NACION

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Conformar el aumento de capital social y la consecuente reforma del artículo 4 del estatuto social de SMG ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., conforme se resolviera por Asamblea Extraordinaria de fecha 13 de julio de 2012.

ARTICULO 2°

— Aprobar la Fusión por absorción de SMG ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (entidad absorbida) y LIBERTY ART S.A., con cambio de denominación en trámite en la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA por SWISS MEDICAL ART S.A. —conforme Resolución SSN Nº 37103— (entidad absorbente) todo ello conforme el Acuerdo Definitivo de Fusión por Absorción protocolarizado en Escritura Pública Nº 806 de fecha 4 de diciembre de 2012.

ARTICULO 3°

— Conformar el aumento de capital social de LIBERTY ART S.A., con cambio de denominación en trámite en la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA por SWISS MEDICAL ART S.A. —conforme Resolución SSN Nº 37103— y la consecuente reforma estatutaria aprobada por Asamblea Extraordinaria de Accionistas celebrada en fecha 9 de noviembre de 2012.

ARTICULO 4°

— Revocar la autorización oportunamente conferida por este Organismo, para operar como entidad aseguradora a SMG ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. oportunamente inscripta bajo el Nº 0784 en el Registro de Entidades de Seguros.

ARTICULO 5°

— Dar intervención a la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA a los fines establecidos en los artículos , 83° y 167° de la Ley N 19.550.

ARTICULO 6°

— Comuníquese a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.

ARTICULO 7°

— Oportunamente hágase saber a la Gerencia de Autorizaciones y Registros.

ARTICULO 8°

— Regístrese, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la...

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