Resolución 10-E. Dase por declarado el estado de emergencia y\/o desastre agropecuario en la Provincia de Río Negro.

EmisorMINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Fecha de la disposición14 de Febrero de 2017

Resolución 10-E/2017

Dase por declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de Río Negro.

Ciudad de Buenos Aires, 10/02/2017

VISTO el Expediente Nº EX-2017-00852508--APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley N° 26.509 y su Decreto Reglamentario N° 1.712 del 10 de noviembre de 2009, el Acta de la reunión de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 19 de enero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de RÍO NEGRO, presentó el Decreto Provincial Nº 4 del 4 de enero de 2017, en la reunión del 19 de enero de 2017 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509.

Que el citado Decreto Provincial Nº 4/17 en su Artículo 1º declaró el estado de desastre y/o emergencia agropecuaria por causa de incendios rurales en lo que se refiere a la actividad ganadera bovina y ovina, a partir del 28 de diciembre de 2016 y por el término de UN (1) año, en los Departamentos de Pichi Mahuida, Avellaneda, General Conesa y Adolfo Alsina.

Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS analizó la situación ocurrida en las explotaciones provinciales y recomendó declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario a las explotaciones agropecuarias afectadas por incendios, en los Departamentos de la Provincia de RÍO NEGRO, detallados en el considerando anterior por el término de SEIS (6) meses a partir del 28 de diciembre de 2016.

Que asimismo la citada Comisión estableció el 27 de junio de 2017 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

Por ello,

EL MINISTRO

DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509: Dáse por declarado en la Provincia de RÍO NEGRO el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por causa de incendios, a las...

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