Resolución 10.

Fecha de disposición23 Febrero 2016
Fecha de publicación23 Febrero 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 10/2016

Bs. As., 18/02/2016

VISTO el Expediente N° S01:0042039/2015 del Registro del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Firma CENTRAL TÉRMICA GÜEMES S.A. ha comunicado que, como parte del proceso de fusión por absorción societaria, ha asumido la titularidad de la CENTRAL TÉRMICA PIQUIRENDA, ubicada en la Ruta Nacional N° 34, Kilómetro 1.453, Localidad de Aguaray, Departamento General José de San Martín, Provincia de SALTA, la que ya se encontraba incorporada al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en calidad de Generador.

Que la Firma inicialmente mencionada informa que la fecha prevista para el cambio de titularidad es el 17 de marzo de 2015 y solicita su habilitación para seguir actuando como nuevo titular y en el mismo carácter que el anterior titular de la CENTRAL TÉRMICA PIQUIRENDA, la Firma EMDERSA GENERACIÓN SALTA S.A.

Que mediante su Nota B-98127-1 de fecha 19 de mayo de 2015, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) ha informado que CENTRAL TÉRMICA GÜEMES S.A. cumple con los requisitos exigidos por el Anexo 17 de Los Procedimientos.

Que la información del cambio de titularidad ha sido publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina N° 33.197 de fecha 21 de agosto de 2015.

Que no se han presentado objeciones derivadas de dicha publicación.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROSPECTIVA de la ex SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que por el Artículo 11 de la Resolución N° 6 de fecha 25 de enero de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, delegó en la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, las facultades asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS según los Artículos 35, 36 y 37 de la Ley N° 24.065.

Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE ENERGÍA ELÉCTRICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Autorízase la continuidad para actuar en calidad de Agente del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en...

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