Resolución 10.

Fecha de disposición10 Febrero 2016
Fecha de publicación10 Febrero 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 10/2016

Bs. As., 05/02/2016

VISTO el Expediente N° S01:0022323/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 257 de fecha 26 de enero de 2016 se designó al señor D. Omar Faruk ZEIDAN (M.I. N° 25.300.836) en el cargo de Interventor del YACIMIENTO CARBONÍFERO DE RÍO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RÍO GALLEGOS de la Provincia de SANTA CRUZ, el que funciona en el ámbito de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que asimismo, por el Artículo 2° del mencionado decreto se instruyó al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA para que encomiende al señor Interventor la realización de una auditoría integral respecto del Yacimiento, así como de la Obra: "CONSTRUCCIÓN, BAJO LA MODALIDAD LLAVE EN MANO, DE UNA (1) CENTRAL TERMOELÉCTRICA A CARBÓN", instalada en la Ciudad de Río Turbio, Provincia de SANTA CRUZ, incluyendo las variantes que a su respecto se hubiesen dispuesto, de conformidad con las pautas, las indicaciones y los requerimientos que, en el marco normativo vigente y las competencias correspondientes al cargo, oportunamente determine el citado Ministerio.

Que dicho Artículo también estableció que los resultados finales de la auditoría deben ser presentados ante este Ministerio dentro de los CIENTO VEINTE (120) días a contar desde la fecha de publicación del referido decreto.

Que a los fines de cumplir con la auditoría ordenada, es conveniente requerir asistencia a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN), creada por la Ley N° 24.156 como órgano de control interno del PODER EJECUTIVO NACIONAL y de las jurisdicciones y los organismos descentralizados y las empresas y sociedades del Estado que dependan del mismo, a los fines de que realice un examen de las actividades financieras y administrativas, el que deberá ser integral e integrado, abarcar los aspectos presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales, normativos y de gestión, la evaluación de programas, proyectos y operaciones y estar fundado en criterios de economía, eficiencia y eficacia.

Que, por otra parte, también resulta conveniente que la auditoría incluya un enfoque técnico desde el conocimiento de las actividades minera y de generación eléctrica que se centre en evaluar, entre otras cuestiones, el funcionamiento del Yacimiento y de la Central Termoeléctrica, abarcando aspectos referidos...

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