Resolución 10/2022

Fecha de publicación13 Septiembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE COMERCIO


Ciudad de Buenos Aires, 08/09/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-92381607- -APN-DGD#MDP, la Ley N° 27.519, los Decretos Nros. 131 de fecha 18 de marzo de 2022 y 132 de fecha 19 de marzo de 2022, las Resoluciones Nros. 215 de fecha 21 de marzo de 2022 del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y 355 de fecha 7 de abril de 2022 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Resolución N° 355 de fecha 7 de abril de 2022 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se aprobó el Modelo de Contrato de Fideicomiso a ser suscripto por el ESTADO NACIONAL – ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, a través del entonces Secretario de Comercio Interior, y BICE FIDEICOMISOS S.A., en carácter de Fiduciario.

Que, en fecha 8 de abril de 2022, se suscribió el contrato de Fideicomiso de Administración Fondo Estabilizador del Trigo Argentino entre el ESTADO NACIONAL – ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, a través de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, en su carácter de Autoridad de Aplicación, y BICE FIDEICOMISOS S.A., en su carácter de fiduciario; como así también el Manual Operativo de dicho contrato.

Que, asimismo, mediante el Anexo III la Resolución N° 355/22 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, se establecieron precios de referencia para (i) Harina 000 en bolsa de 25 kg; (ii) Harina 0000 en bolsa de 25 kg; (iii) Harina 000 por tonelada; (iv) Harina 0000 por tonelada; (v) Harina 000 calidad + por tonelada; (vi) Harina tapera por tonelada; y (vii) Semolín por tonelada.

Que, posteriormente, el Anexo mencionado fue sustituido por las Resoluciones Nros. 439 de fecha 4 de mayo de 2022 y 498 de fecha 30 de junio de 2022 ambas de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que la implementación del FONDO ESTABILIZADOR DEL TRIGO ARGENTINO procura garantizar un valor de referencia para el trigo en el mercado interno que permita conservar una estabilidad en la participación de la bolsa de harina como componente del costo de los productos que de esta se derivan.

Que, a fin de mejorar el impacto de la herramienta financiera tanto en la...

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